La mayoría de estas afirmaciones sobre el borrador de nueva Constitución para Chile son engañosas

El abogado chileno Axel Kaiser publicó una carta en el diario El Mercurio en la que hace 21 afirmaciones sobre la propuesta de nueva Constitución para Chile. En ella, por ejemplo, el letrado sostiene que se acabará Carabineros (policía uniformada chilena), que “la protección efectiva al derecho de propiedad” llegará a su fin o que no habrá límite para el aborto. AFP Factual revisó el listado y consultó a constitucionalistas: hay 13 aseveraciones engañosas y cinco falsas.

La carta fue publicada por El Mercurio el 17 de mayo de 2022 y una captura de pantalla de su contenido ha sido difundida más de 5.000 veces desde entonces en Facebook, Twitter e Instagram. Esta incluye un listado de afirmaciones sobre el borrador de la propuesta de la nueva Constitución, que será votada en un plebiscito el 4 de septiembre de 2022.

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Captura de pantalla de un tuit realizada el 18 de mayo de 2022

El 16 de mayo, la Convención Constituyente, organismo encargado de redactar una propuesta de Carta Magna para Chile, entregó el borrador de 499 artículos para ser revisado y armonizado. Ese acto se realizó en una sesión especial del pleno de la convención en Antofagasta, 1.330 km al norte de Santiago.

Al día siguiente, Axel Kaiser —presidente de la Fundación para el progreso, columnista y autor de libros como “La tiranía de la igualdad", "El engaño populista" y “El economista callejero”— divulgó esta carta.

AFP Factual analizó cada una de sus afirmaciones:

1. “Se acaba la protección efectiva al derecho de propiedad en todas sus formas”: Engañoso

El borrador de la nueva Carta Magna sí establece un “derecho de propiedad”, en la que toda persona, natural o jurídica, tiene derecho sobre sus especies y bienes, salvo aquellos que “la naturaleza ha hecho comunes a todas las personas y los que la Constitución o la ley declaren inapropiables”.

Claudia Sarmiento, abogada constitucionalista y académica de la Universidad Adolfo Ibáñez, afirma que sí existe protección al derecho de la propiedad y agrega que está en línea con otras constituciones del mundo y con los tratados internacionales de derechos humanos.

Coincide Javier Couso, abogado constitucionalista y académico de la Universidad Diego Portales, quien agrega que países como Estados Unidos, Holanda o Alemania, por ejemplo, no son tan minuciosos sobre el derecho de propiedad como la norma vigente en Chile. Sí es cierto, dice, que el borrador “es menos detallado que la [aún vigente] Constitución de 1980”.

El borrador considera que “ninguna persona puede ser privada de su propiedad, sino en virtud de una ley que autorice la expropiación por causa de utilidad pública o interés general declarado por el legislador. El propietario siempre tendrá derecho a que se le indemnice por el justo precio del bien expropiado”. El texto es similar al inciso 24 del artículo 19 de la Constitución vigente. AFP Factual ya verificó un contenido similar.

2. “Se acaba la jerarquía y efecto del recurso de protección”: Engañoso

A diferencia del texto vigente, el borrador de la nueva Constitución no contempla un recurso de protección, que consiste en una acción que le permite a una persona, natural o jurídica, reclamar ante una corte de apelaciones cuando sufre una privación, perturbación o amenaza a sus derechos y garantías constitucionales.

Sin embargo, este recurso será reemplazado por una “Acción de tutela”, que determina que toda persona que sufra una amenaza o privación de sus derechos fundamentales podrá recurrir “ante el tribunal de instancia que determine la ley, el que adoptará de inmediato todas las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho”.

A diferencia de la Constitución de 1980, la propuesta establece que se recurrirá ante un tribunal de instancia que determine la ley.

3. “Se acaba la igualdad ante la ley”: Falso

En la propuesta de nueva Carta Magna está escrito que “la Constitución asegura el derecho a la igualdad. En Chile no hay persona ni grupo privilegiado. (...) La Constitución asegura a todas las personas la igualdad ante la ley”.

Sobre este punto, el abogado constitucionalista Couso aclara que existen casos de “discriminación positiva”, un recurso que ofrece acciones favorables a minorías que de lo contrario podrían haber sido discriminadas. “Eso ocurre en Estados Unidos, en Europa occidental y no se considera contrario a la igualdad”, dice el letrado.

4. “Se acaba la unidad territorial del Estado”: Engañoso

En el borrador de Constitución se establece que “Chile, en su diversidad geográfica, natural, histórica y cultural, forma un territorio único e indivisible”.

Sí hubo un cambio respecto de la definición del Estado. Mientras que la Carta Magna vigente puntualiza que “el Estado de Chile es unitario”, en la nueva propuesta se afirma que hay un “Estado Plurinacional”, donde se reconoce la coexistencia de diversas naciones. Sin embargo, también se agrega que esto ocurre “en el marco de la unidad del Estado”.

Enrique Navarro, abogado constitucionalista y académico de la Universidad de Chile, sostiene que el hecho de que no exista un Estado unitario implica que las regiones tendrán más autonomía, pero no tanto como para que sean independientes. “Es algo parecido a lo que puede ser España o Italia, que son estados regionales, pero siguen siendo estados unitarios”, dice.

5. “Se acaba Carabineros de Chile”: Falso

En la propuesta de la convención, donde se habla de las policías, no se menciona la palabra “carabineros”, a diferencia de la Constitución vigente, que dice: “Las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública están integradas sólo por Carabineros e Investigaciones”.

Sin embargo, en el borrador, se menciona que en caso de que comprometa gravemente el honor o la seguridad de la Nación, el Congreso de Diputadas y Diputados podrá realizar una acusación contra el “General Director de Carabineros de Chile”.

Los expertos consultados por la AFP coinciden en que, si bien se realizarán reformas a la institución policial, no es correcto afirmar que ésta se acabará.

La AFP ya ha verificado desinformación sobre el borrador de la Constitución y Carabineros de Chile.

6. “Se acaba el Senado como contrapeso a la concentración del poder”: Engañoso

En el marco constitucional vigente en Chile, el Congreso consta de la Cámara de Diputadas y Diputados y del Senado. Las leyes, para su promulgación, se deben aprobar por ambas cámaras. En la nueva propuesta, el Senado dejará de existir y sería reemplazado por la Cámara de las Regiones, la que tendrá permitido revisar sólo lo que esté expresamente establecido en la Constitución, como las reformas constitucionales, las leyes que implementen el derecho a la salud, derecho a la educación y derecho a la vivienda.

Sobre si deja de ser un contrapeso, existen diversas opiniones. Sebastián Zárate, abogado constitucionalista y académico de la Universidad Autónoma, asegura que habrá “un sistema asimétrico con unas competencias de la Cámara de las Regiones que están muy disminuidas en el ámbito legislativo y eso significa un contrapeso menor y el peligro acá es fundamental”.

Navarro coincide en que habrá una institución mucho más débil que lo que es hoy día el Senado, pero afirma que “va a depender, además de cómo se interprete esa norma. No es completamente cierto [que no haya contrapeso]”.

7. “Se acaban las isapres”: Engañoso

El 7% de los sueldos en Chile se destina a salud, ya sea para el Fondo Nacional de Salud (Fonasa, sistema público) o una institución de salud previsional (Isapre, seguro privado). La Constitución de 1980 garantiza “el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea este estatal o privado”, sin una referencia de las Isapres.

En la nueva propuesta se establece el Sistema Nacional de Salud, que será de carácter universal, público e integrado. Este sistema podrá estar integrado por prestadores privados, y los requisitos y procedimientos para su ingreso a ese esquema será regulado por ley.

Como las Isapres no son mencionadas en la propuesta de Constitución, su rol quedará definido por ley. Zárate agrega que lo fue eliminado fue la posibilidad de elegir entre un sistema de salud público o privado, pero que "eso no significa que las Isapres tengan que desaparecer”.

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La Convención Constituyente realiza su primera sesión en el antiguo Congreso Nacional de Chile, en Santiago, el 4 de julio de 2021 ( AFP / Javier Torres)

8. “Se acaban las AFP y la propiedad individual sobre los fondos de pensiones de los trabajadores”: Engañoso

No existe una referencia a las administradoras de fondos de pensiones (AFP) ni la propiedad de los fondos ni en la Constitución vigente ni en la propuesta que será plebiscitada en septiembre de 2022. El borrador de Carta Magna sí establece que habrá un Sistema de Seguridad Social público, que otorgue protección en caso de vejez y que le corresponderá al Estado definir la política de seguridad social.

Sobre este punto, los expertos tienen distintas interpretaciones. Tomás Jordán, abogado constitucionalista y académico de la Universidad Alberto Hurtado, afirma que al establecer un sistema público de seguridad social “uno podría decir que no va a haber más AFP tal cual las conocemos. Por lo tanto, la pregunta es si el legislador va a permitir que estas existan como seguros complementarios”.

Navarro, por el contrario, dice que el borrador no es suficientemente claro en el tema y que esto será definido por ley.

Lo mismo ocurre en el caso de la propiedad de los fondos de pensiones que, al no estar regulada en la propuesta, quedará pendiente a ser resuelto por una ley.

9. “Se acaba todo límite a la huelga, incluso los que buscan preservar la integridad de la empresa o funcionamiento de servicios esenciales”: Falso

La propuesta entregada por la Convención sí establece límites a la huelga. Por ejemplo, se le niega la posibilidad de acceder a este beneficio a las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública. Además, indica que la ley podrá poner limitaciones excepcionales a la huelga para atender servicios esenciales que pudieran afectar la vida, salud o seguridad de la población.

A diferencia de la Constitución vigente, el borrador no se pronuncia sobre la huelga de funcionarios públicos, trabajadores de empresas que atiendan servicios de utilidad pública, entre otros.

Navarro indica que esto tendrá que ser regulado por ley. “Hoy día podrían ir [a huelga] en principio, salvo que la ley diga lo contrario”, afirma.

10. “Se acaba la educación particular subvencionada y la diversidad de proyectos educativos”: Falso

En Chile, los establecimientos de educación primaria y secundaria están divididos entre los financiados por el Estado, los particulares subvencionados (financiados por el Estado y los privados) y los particulares pagados. El borrador no menciona la educación particular subvencionada, aunque sí establece la implementación de un Sistema Nacional de Educación que estará integrado por los establecimientos creados o reconocidos por el Estado. Además, se dice que los requisitos para ser reconocidos serán definidos por ley.

Sobre la diversidad de proyectos educativos, la propuesta garantiza la libertad de enseñanza, que comprende la libertad de los padres, madres y apoderados de elegir el tipo de educación de las personas a su cargo. También asegura que los profesores tendrán libertad de cátedra.

A diferencia de la propuesta, en la Constitución vigente la libertad de enseñanza incluye también “el derecho de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales”.

Sobre este punto, Zárate afirma que si bien la propuesta de nueva Constitución es menos detallada que la vigente, “no es que se esté eliminando [la educación subvencionada]. Esa es una frase exagerada”.

11. “Se acaba la exigencia especial para crear empresas estatales”: Verdadero

En la Constitución vigente, el Estado y sus organismos pueden desarrollar actividades empresariales o participar en ellas “sólo si una ley de quórum calificado los autoriza”.

En cambio, el borrador de la Constitución determina que las empresas estatales deberán crearse por ley y “se regirán por el régimen jurídico que esta determine”, sin exigir un quórum específico.

12. “Se acaba el sistema electoral imparcial”: Engañoso

En ninguna parte de la Constitución de 1980 se usa el término “imparcial”. El borrador que será votado por los electores chilenos el 4 de septiembre, a diferencia de la Carta Magna vigente, sí considera un sistema electoral paritario. La propuesta sostiene que “la ley creará un sistema electoral conforme a los principios de igualdad sustantiva, paridad, alternabilidad de género y los demás contemplados en esta Constitución y las leyes”.

En tanto, la actual Constitución deja que la ley defina la organización y funcionamiento del sistema electoral que este “garantizará siempre la plena igualdad entre los independientes y los miembros de partidos políticos, tanto en la presentación de candidaturas como en su participación en los señalados procesos”.

Sebastián Zárate dice que la nueva propuesta agrega “una fórmula proporcional, añadiéndole los criterios de paridad”. Sin embargo, afirma, sería un “error” decir que el organismo no será neutro.

13. “Se acaba el Banco Central con mandato único y con independencia garantizada”: Falso

Tanto la actual Constitución como el borrador de la nueva Carta Magna establecen que el Banco Central es un órgano autónomo.

La propuesta de Constitución sostiene además que la institución, al adoptar sus decisiones, “deberá tener presente la orientación general de la política económica del gobierno”. Lo mismo dice la Ley Orgánica Constitucional vigente.

Sebastián Zárate afirma que “el reconocimiento y la garantía del Banco Central acá no se está poniendo en juego. No implica que debe supeditarse a lo que el presidente diga”. Además, el abogado constitucionalista enfatiza el hecho de que el Banco Central sea un organismo autónomo garantiza su independencia.

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El borrador de la nueva Constitución durante la presentación oficial del texto, en el Monumento Nacional Ruinas de Huanchaca en Antofagasta, norte de Chile, el 16 de mayo de 2022 ( AFP / Cristian Rudolffi)

14. “Se acaba la libertad de dirección empresarial”: Engañoso

Sólo dos artículos en el borrador de Constitución hacen referencia a la dirección empresarial. El primero es el artículo sobre democracia paritaria, que establece que “los directorios de las empresas públicas y semipúblicas, deberán tener una composición paritaria que asegure que, al menos, el cincuenta por ciento de sus integrantes sean mujeres”, sin especificar los criterios para esa elección.

Además, está el artículo sobre la participación de los trabajadores y trabajadoras, según el cual estos tendrán derecho a participar en las decisiones de la empresa y la ley regulará cómo se ejercerá este derecho. Sin embargo, tal como la Constitución vigente, ninguno de los artículos del borrador señala que no habrá libertad de dirección empresarial.

La Constitución vigente consagra el derecho a “desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen”, derecho que también se garantiza en el borrador, el que señala que “toda persona, natural o jurídica, tiene libertad de emprender y desarrollar actividades económicas”.

15. “Se acaba el Tribunal Constitucional”: Verdadero, pero…

Efectivamente en la propuesta de Carta Magna no existe el Tribunal Constitucional (TC). Pero aparece una Corte Constitucional, definida como un “órgano autónomo, técnico y profesional, encargado de ejercer la justicia constitucional con la finalidad de garantizar la supremacía de la Constitución”. A diferencia del TC, que cuenta con 10 miembros, la Corte Constitucional contaría con 11.

La nueva Corte Constitucional, según el borrador, cuenta con “menores atribuciones” y “no tiene el control preventivo de las leyes”, detalla el abogado Navarro. Zárate, en tanto, dice que las competencias del TC y la Corte Constitucional son “bastante parecidas” y que “la estructura mejora”, ya que al tener 11 miembros se evitan empates y no dirime el presidente, como pasa en el sistema actual.

16. “Se acaba la aplicación neutra del Derecho para introducir ‘enfoque de género’”: Engañoso

En la propuesta de nueva Carta Magna se sostiene que “el Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y los Sistemas de Justicia, así como los órganos de la Administración del Estado y los órganos autónomos, deberán incorporar el enfoque de género en su diseño institucional y en el ejercicio de sus funciones”. Además, el Consejo de la Justicia, que es un órgano autónomo encargado del Sistema Nacional de Justicia, deberá “eliminar estereotipos de género e incorporar la perspectiva de género”.

Jordán explica que la perspectiva de género es “necesaria respecto de una democracia paritaria en el cual los hombres y las mujeres son iguales”. Además, Sarmiento afirma que este enfoque busca “dejar de manifiesto que las diferencias en los roles sociales de hombres y mujeres tienen impacto en la igualdad, ante la ley, en la calidad del derecho”, explica.

17. “Se acaba el Poder Judicial independiente”: Engañoso

En efecto, el Poder Judicial dejará de existir con ese nombre para ser reemplazado por el Consejo de la Justicia, el que estaría compuesto de 17 integrantes, ocho de los cuales serán juezas o jueces elegidos por sus pares, dos serán funcionarios o profesionales del Sistema Nacional de Justicia, dos serán elegidos por los pueblos indígenas y cinco estarán designados por el Congreso.

Sin embargo, el borrador de la nueva Constitución define al Consejo de Justicia como “un órgano autónomo, técnico, paritario y plurinacional, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es fortalecer la independencia judicial”.

Navarro explica que el organismo no tendría mayoría de jueces, “lo que habría sido ideal”. Aclara que esto no implica que se acabe la independencia del Poder Judicial, pero “es algo que eventualmente ha significado, en otros países, [que se lleva a] politizar en parte los nombramientos y ha afectado la justicia, pero de manera indirecta”.

18. “Se acaba la iniciativa exclusiva del Presidente en materia de seguridad social”: Verdadero

Dentro del borrador de nueva Constitución no hay iniciativas exclusivas del Presidente, sino leyes de “concurrencia presidencial necesaria”, por ejemplo, iniciativas legales que impliquen directamente gastos al Estado o alteren la división política o administrativa del país.

Según el borrador, las leyes de concurrencia presidencial necesarias pueden tener su origen en un mensaje presidencial o en una moción parlamentaria. En este último caso podrán ser aprobadas sólo si el Presidente entrega su patrocinio durante la tramitación.

Sin embargo, la seguridad social no está incluida dentro de las leyes de concurrencia presidencial necesaria, como ocurre en el vigente marco legal chileno.

19. “Se acaba todo límite al aborto”: Engañoso

Si bien el organismo aprobó un artículo en el que considera la interrupción del embarazo como un derecho, no habla de plazos y su reglamentación aún debe ser legislada. Como explicaron especialistas a la AFP, a los nueve meses de gestación no se puede hablar de aborto, ya que éste se define como el cese del embarazo antes de que el feto alcance viabilidad fuera del útero, algo que se logra entre las 22 y las 24 semanas de gestación.

Laura Albornoz, abogada y profesora de derecho civil de la Universidad de Chile, dijo a la AFP que los artículos aprobados en la Convención Constituyente deberán estar aterrizados en leyes. “Si se regula el aborto, el legislador, el Congreso Nacional, será quien determinará, en base a la formación sanitaria, técnica cuál será el límite de plazos y fechas”, explicó.

La AFP ya verificó publicaciones que afirmaban que la convención apruebó el aborto sin límites.

20. “Se acaba el ser humano como único titular de derecho”: Engañoso

El borrador de la nueva Constitución, a diferencia de la Carta Magna vigente, consagra la protección de los animales y la naturaleza. El artículo “De los animales” señala que el Estado debe proteger y asegurar una vida libre de maltrato a los animales. Además, el artículo “Naturaleza” señala que esta “tiene derechos” y el Estado y la sociedad “tienen el deber de protegerlos y respetarlos”.

Pero según los expertos, el ser humano no es el único titular de derechos, ya que las personas jurídicas también tienen derechos. “Actualmente el ser humano, la persona física natural, no es el único titular de derecho, un medio de comunicación, es titular de derechos de libertad de prensa, por ejemplo, y no es un ser humano, es un ser ficticio que crea el derecho”, ejemplifica Zárate.

21. “Se acaba el mundo como foco de las relaciones internacionales del Estado para priorizar América Latina”: Engañoso

El borrador establece que “Chile declara a América Latina y el Caribe como zona prioritaria en sus relaciones internacionales”. Pero esto no significa limitar las demás relaciones internacionales.

El abogado Jordán afirma que, en efecto “sí, hay una priorización hacia América Latina, pero no es que se acabe el multilateralismo”. La constitucionalista Sarmiento explica que una priorización no significa que se vayan a abandonar las relaciones internacionales con el resto del mundo.

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