La norma sobre el aborto que aprobó la Convención Constitucional chilena aún debe ser legislada

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  • Publicado el 23 de marzo de 2022 a las 20:53
  • Modificado el 17 de mayo de 2022 a las 14:10
  • 6 minutos de lectura
  • Por Barbara MEDINA, AFP Chile
Publicaciones que señalan que la Convención Constitucional de Chile aprobó el “aborto libre hasta los nueve meses y sin causales” han sido compartidas más de 6.000 veces en redes sociales desde el 11 de marzo de 2022. Si bien el organismo aprobó un artículo en el que señala la interrupción del embarazo como un derecho, éste no se refiere a ningún plazo y su reglamentación aún debe ser legislada. Además, como explicaron coordinadores de la Convención y especialistas a la AFP, a los nueve meses de gestación no se puede hablar de aborto, ya que éste está definido como el cese del embarazo antes de que el feto alcance viabilidad fuera del útero, entre las 22 y las 24 semanas.

“‘ABORTO LIBRE HASTA EL DÍA ANTES DEL PARTO’ es la aberración q acaba de aprobar el Pleno de la Convención Constitucional”, señalan entradas en Facebook (1, 2), Instagram (1, 2) y Twitter.

Afirmaciones similares han sido compartidas por políticos chilenos, como el excandidato presidencial José Antonio Kast.

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Captura de pantalla de una publicación en Facebook realizada el 18 de marzo de 2022

El 15 de marzo de 2022, el Pleno de la Convención Constitucional chilena aprobó 13 artículos relacionados con derechos fundamentales, entre ellos los derechos sexuales y reproductivos.

En la redacción del artículo 16 de la nueva carta magna, se señala: “El Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos”.

Sin embargo, esto no significa que el aborto haya sido aprobado en el país, como se asegura en redes sociales, ya que su trámite aún debe realizarse en el Congreso.

Al día siguiente de la aceptación del artículo, la Convención informó en sus redes sociales que será el “poder legislativo el encargado de discutir, definir y aprobar el plazo para la interrupción del embarazo, así como las demás condiciones para ejercerla”.

César Valenzuela, convencional coordinador de la Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional, señaló a AFP Factual que “el derecho a una interrupción voluntaria del embarazo, al igual que todos los derechos fundamentales, están sujetos a una regla general, y es que por ley se pueden establecer limitaciones y restricciones”.

Valenzuela aclaró que con el objetivo de dar claridad al artículo “se presentó una indicación que en específico agregaba a este inciso una remisión a la ley para efectos de que delimitara su contenido”.

Janise Meneses, también constituyente y coordinadora de esa comisión, señaló a la AFP: “Es completamente falso que hayamos aprobado el aborto ‘sin límite de tiempo’ o ‘hasta el día antes de nacer’. El plazo no se menciona porque no es materia constitucional, la ley debe precisar hasta cuándo es posible hacer ejercicio de este derecho”.

¿Qué es el aborto?

Adela Montero, docente titular del Centro de Medicina Reproductiva y Desarrollo Integral del Adolescente en la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile, explicó a la AFP que el aborto se define como “la interrupción del embarazo antes de que el feto alcance la viabilidad fuera del útero”. “Eso depende del avance tecnológico de los países, en general en países como Chile eso está alrededor de las 22 a 24 semanas”, añadió.

En ello coincide Pamela Eguiguren, docente del Programa de Salud Colectiva y Medicina Social de la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Chile, quien señaló a la AFP que las publicaciones viralizadas reflejan “una ignorancia completa”.

“El aborto tiene una definición, el aborto es la interrupción del embarazo antes de la viabilidad fetal. Por lo tanto si hablamos de nueve meses, eso es un embarazo de término, eso es un parto. Después de las 22 semanas podríamos decir que es un parto prematuro, si hay condiciones de que sobreviva fuera del útero es un parto prematuro”, explicó.

Eguiguren señaló también las diferentes situaciones en las que esos procedimientos pueden sobrepasar esa edad fetal: “En la interrupción voluntaria del embarazo, siempre se establecen plazos, que dependerán de las motivaciones para interrumpir un embarazo. Por ejemplo, en el caso de las malformaciones fetales incompatibles con la vida”.

“En ese caso no se habla de aborto, porque vas a sobrepasar los límites de semanas que están en el concepto de aborto. Otra interrupción que se realiza es para salvar la vida de la madre, se habla de interrupción bajo las 22 semanas de embarazo, luego de esas semanas sería un parto prematuro de emergencia, no se realiza un aborto”, detalló.

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Mujeres marchan frente a la Convención Constitucional en Santiago durante el Día de Acción Mundial por el Aborto Legal y Seguro en América Latina y el Caribe, el 28 de septiembre de 2021 ( AFP / Pablo Vera)

Causales y fechas

Laura Albornoz, abogada y profesora de derecho civil de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, remarcó a la AFP que los artículos aprobados en la Convención deberán legislarse. “Si se regula el aborto, el legislador, el Congreso Nacional, será quien determinará en base a la formación sanitaria técnica cuál será el límite de plazos y fechas y se acatará. Existen diferentes regulaciones y especialistas en materias médicas que tendrán que hacer observaciones para determinar las fechas límites”, explicó.

Respecto a la posibilidad de que se legisle un “aborto hasta los nueve meses”, como señalan las publicaciones virales, la abogada afirmó: “Solo en algunos casos muy excepcionales se permite que los plazos se puedan extender más allá de lo que médicamente es recomendable, particularmente en casos de violación de menores de edad o de situaciones de riesgo del feto o de la madre, pero son temas que verá el legislador, después de informarse con la comunidad médica”.

Desde el 24 de septiembre de 2017, el aborto es legal en Chile a través de la Ley 21.030, que “regula la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales”. Estas son en el caso de que la madre se encuentra en riesgo vital, si el embrión o feto padece una patología congénita de carácter letal o si el embarazo es producto de una violación.

En ese caso, la interrupción es legal hasta las 12 semanas de gestación, plazo que se amplía a las 14 semanas si la madre es menor de 14 años.

En América Latina, diferentes países han legalizado la interrupción voluntaria del embarazo. En Argentina, en enero de 2021 se promulgó una normativa que permite el aborto hasta la semana 14 de gestación. En febrero de 2022, Colombia despenalizó la interrupción hasta la semana 24 de embarazo.

17 de mayo de 2022 Añade etiqueta

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