Una corte de Bosnia declaró que medidas por covid-19 violan DD. HH., pero no ordenó su anulación

Publicaciones compartidas más de 1.100 veces en redes sociales desde el 24 de diciembre de 2020 señalan que la Corte Constitucional de Bosnia dictaminó que violan los derechos humanos la obligatoriedad del uso de la mascarilla en espacios públicos y el toque de queda impuestos en ese país por la pandemia de covid-19. No obstante, la Corte también advirtió que levantar las medidas pondría en riesgo la salud pública e instó a los poderes Ejecutivo y Legislativo a ejercer un mayor control.

“El Tribunal Constitucional de Bosnia y Herzegovina celebró un período de sesiones el 22 de diciembre de 2020, en el que dictaminó que la medida de restringir la circulación y el uso de máscaras durante una pandemia del virus corona constituye una violación de los derechos humanos fundamentales”, dice una publicación en Facebook (1, 2).

“Felicitaciones a nuestros amigos de Bosnia y Herzegovina por este éxito legal!”, añaden algunas de las publicaciones que incluyen un enlace a un portal de noticias bosnio

La afirmación también circuló en algunos artículos (1, 2) y en Twitter (1).

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Captura de pantalla de una publicación en Facebook hecha el 15 de enero de 2021

Durante la pandemia de covid-19 Bosnia y Herzegovina ha registrado más de 117.700 contagios y más de 4.400 muertes, según cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

El país está constituido por la Federación de Bosnia y Herzegovina y la entidad de los serbios de Bosnia, la Republika Srpska, las cuales se dividen en cantones y éstos se subdividen en municipios. Cada uno de los tres niveles tiene facultades para tomar decisiones respecto de la pandemia.

La Corte Constitucional de Bosnia vela por el respeto de la Constitución en las dos entidades que conforman el país, el cual tiene un sistema administrativo y legal complejo, como explica un artículo del Consejo Constitucional francés.

La Corte se encarga de supervisar el respeto a los derechos humanos, de acuerdo con el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, así como de la resolución de controversias relativas a la Constitución nacional entre las dos entidades, el Estado y las entidades o entre las instituciones y el Estado.

Medidas sanitarias

El Comité de crisis del Ministerio de Salud del cantón de Sarajevo impuso el 12 de octubre pasado el uso obligatorio de mascarillas. El 9 de noviembre, el Comité de crisis del Ministerio de Salud de la Federación de Bosnia y Herzegovina estableció el toque de queda y las restricciones a la movilidad. Esas medidas fueron impugnadas ante la Corte Constitucional de Bosnia por ocho ciudadanos.

Un artículo de la abogada Relja Radović, especializada en derechos humanos y derecho internacional público, explica la resolución de la Corte.

El 22 de diciembre la Corte emitió su decisión respecto del uso obligatorio de las mascarillas en el cantón de Sarajevo y el toque de queda en la Federación junto a un resumen, explicado por el equipo de la AFP en Belgrado a continuación.

El dictamen establece que el uso de las mascarillas viola el derecho a la intimidad, mientras que el toque de queda viola la libertad de circulación, y que se trata de una violación de “los derechos humanos y las libertades fundamentales garantizados por la Constitución de Bosnia y Herzegovina y el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales”.

Pero en el punto 67, la Corte precisa que las medidas “fueron adoptadas por peritos, es decir los ministerios de salud [del cantón de Sarajevo y de la Federación], por lo que la Corte Constitucional no es considerada competente, ni invitada a evaluar estas medidas en el aspecto médico”.

También compara las medidas con las que fueron tomadas en distintos países y recomendadas por la OMS y señala que “no se alejan significativamente” de las mismas.

En el punto 74, ese tribunal precisa que no solicita anular las medidas: “La Corte Constitucional no puede admitir la parte de los recursos en los que se solicitó la derogación de las ordenanzas impugnadas, es decir, declararlas nulas y sin valor, dada la situación sanitaria actual en Bosnia y Herzegovina y en el mundo” ya que las consideró necesarias para “proteger a la población de la pandemia y son, por supuesto, de interés público y podrían surgir consecuencias negativas si las órdenes fueran revocadas inmediatamente”.

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Varias personas esperan por un examen médico fuera de un hospital en Sarajevo, el 5 de noviembre de 2020 (AFP)

El 6 de enero, Božidarka Dodik, juez del Tribunal de Apelación de la Federación, explicó a la AFP que “la Corte consideró la situación sanitaria actual en Bosnia y en el mundo” antes de emitir su dictamen.

“Si se cancelaran de inmediato las órdenes emitidas [por las autoridades de Sarajevo y Bosnia], llegaríamos a una situación en la que no habría medidas [sanitarias] hasta que se adopten nuevas”, dijo Dodik.

Es decir, si las autoridades levantaran las medidas de inmediato podría ponerse en peligro la salud de los habitantes. A fines de 2020, la situación sanitaria por el covid-19 en la región de los Balcanes era tan grave que algunos médicos la comparaban con las guerras de la década de 1990 en la región.

Mayor control

Dodik también expresó que las restricciones de los derechos humanos “no se pueden hacer sin una revisión y justificación periódica por parte de las más altas autoridades legislativas y órganos ejecutivos (Parlamento y Gobierno). Por lo tanto, los órganos ejecutivos inferiores (los comités de crisis) no pueden restringir los derechos humanos mediante órdenes sin ningún control”.

En el punto 72, la Corte estableció que: “Es evidente que en este caso faltaba el papel necesario del poder Legislativo y del máximo Ejecutivo, por lo que las medidas carecen de estos elementos esenciales para el cumplimiento de las normas de derechos humanos en cuestión”.

Es decir, la Corte dictaminó que las medidas tenían un insuficiente control legislativo y ejecutivo, por lo tanto instó a ambas autoridades a emitir las pautas para ello, como lo explicó la abogada Radović a la AFP el 11 de enero de 2021.

La Corte pidió a las autoridades de Sarajevo y la Federación que “cumplan con la Convención Europea y la Constitución de Bosnia. Esto implica en particular la supervisión parlamentaria de estas medidas”, dijo.

La Corte Constitucional de Bosnia sí dictaminó que el uso de la mascarilla y el toque de queda violaban el derecho a la privacidad y la libertad de movimiento, derechos fundamentales. Sin embargo, esa decisión no tuvo un impacto en la aplicación de las medidas, contrario a lo establecido en las publicaciones viralizadas, dijo Radović.

No es la primera vez que la Corte actúa de una forma similar durante la pandemia. En marzo criticó la falta de plazo para la medida de restricción de circulación a menores de 18 años y mayores de 65, pues argumentó que discriminaba a dos grupos en función de su edad. Sin embargo, se negó a invalidarla y permitió que las autoridades sanitarias regularicen la medidas.

El 17 de enero de 2021, las autoridades del cantón de Sarajevo y de la Federación reiteraron y prolongaron por 14 días el uso obligatorio de la mascarilla en espacios públicos abiertos y cerrados y la prohibición de circular entre las 23:00 y 05:00 horas.

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