Los que junten firmas contra una ley en Uruguay deben tomar huellas dactilares de quienes adhieren

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  • Publicado el 24 de junio de 2021 a las 22:29
  • Modificado el 18 de febrero de 2022 a las 15:58
  • 2 minutos de lectura
  • Por Juan Ignacio BERRO, AFP Uruguay
Publicaciones que afirman que la Corte Electoral y el Registro Civil de Uruguay son las únicas instituciones habilitadas para registrar las impresiones dactilares de los ciudadanos se han compartido cientos de veces en redes sociales desde el pasado 22 de junio. Los mensajes plantean que la central sindical, el PIT-CNT, que recoge firmas para derogar varios artículos de una ley aprobada en el gobierno de Luis Lacalle Pou, tiene “prohibido” obtener estos registros dactilares. Sin embargo, la normativa establece que las papeletas de los referéndum deben incluir la firma y la huella del pulgar derecho del ciudadano que adhiere. Además desde la Corte Electoral se aseguró a AFP Factual que los promotores son los que deben tomar esas huellas.

La pregunta del millón de dólares porque los PIT-CNT toman las huellas dactilares ya que está prohibido tomarla por ley , solo están autorizados aquellos que pertenece a la corté electoral y registro civil”, se lee en los contenidos que se han difundido en Facebook (1, 2, 3).

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Captura de pantalla de una publicación en Facebook tomada el 23 de junio de 2021

La Ley de Urgente Consideración, LUC, una promesa de campaña de Lacalle Pou, fue aprobada en julio del 2020 por la coalición oficialista e incluye 476 artículos vinculados a distintas temáticas como seguridad pública, economía, vivienda y educación, entre otras. Luego de su aprobación, distintas organizaciones, entre ellas la Federación de Estudiantes Universitarios Uruguayos (FEUU), la Intersocial Feminista, así como también el PIT-CNT y el partido opositor Frente Amplio (FA) decidieron impulsar un referéndum para derogar 135 artículos de esta ley.

El 22 de junio pasado la Comisión Nacional Pro Referéndum anunció que se alcanzaron 572.551 firmas de las 674.000 necesarias, 25% del total de los inscriptos habilitados para votar, para poder convocar a una consulta popular, como se establece en la ley 17.244. Los mensajes en redes sociales se difundieron en ese contexto.

Para firmar a favor del referéndum, el ciudadano debe rellenar una papeleta, firmarla y dejar estampada la huella de su dedo pulgar derecho.

Contrario a lo que se asegura en las publicaciones viralizadas, la ley 17.244 establece en su primer artículo que el recurso se debe realizar “por escrito ante la Corte Electoral, estampando la impresión dígito pulgar derecho y la firma de los promotores [las personas solicitantes]”.

Pablo Klappenbach, ministro de la Corte Electoral, subrayó a AFP Factual que “es tarea de los promotores que quieren interponer un recurso de referéndum juntar las huellas”. 

Ello implica, en los hechos, que los organizadores o representantes de la campaña tomen ellos mismos las huellas digitales de los ciudadanos que respalden el recurso. No es que un técnico debe tomar la huella”, aclaró Klappenbach.

Las huellas, una vez presentadas las papeletas que contienen las firmas, son estudiadas por expertos “que tienen una capacitación y una formación específica” y que trabajan en la Corte Electoral, precisó.

18 de febrero de 2022 Actualiza metadatos.

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