Antes de ley emblema del gobierno uruguayo, policías retirados podían portar armas cuatro años
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- Publicado el 26 de marzo de 2022 a las 19:02
- Modificado el 26 de marzo de 2022 a las 19:42
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- Por Manuela SILVA, AFP Uruguay
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“Policías retirados pueden ir armados por la calle”, dicen publicaciones en Facebook , Instagram y Twitter, junto a una ilustración que muestra a un policía armado con una máscara y una capa. Otros usuarios replican el artículo 64 de la LUC y sostienen: “Antes de la LUC el porte de armas solo podían solicitarlo personas que transportes valores y tenían portes de armas los policías en actividad. Con la LUC habilita a policías RETIRADOS a tener porte de armas”.
Las entradas circulan previo al referéndum del 27 de marzo de 2022, en el que la ciudadanía uruguaya determinará si se derogan 135 de 476 artículos de la LUC, aprobada por el gobierno de Lacalle Pou en julio de 2020.
Sin embargo, la afirmación es engañosa. Antes de la aplicación de la LUC, los policías en situación de retiro podían portar armas al menos por cuatro años.
Entre los 135 artículos que la oposición quiere derogar, tres realizaron cambios a los derechos y deberes de los policías en situación de retiro (art. 63, art. 64, art. 65), en los que tratan el porte de armas y sus potestades.
Antes de la LUC
La Ley de Procedimiento Policial, publicada en 2015, establecía en su artículo 38 que el porte de armas era uno de los derechos que tenían los policías fuera de actividad.
Un año después, la reglamentación de la ley relativa a la tenencia, porte y comercialización de armas de fuego determinó que los policías en situación de retiro durante cuatro años estuvieron eximidos del trámite del THATA (Título de Habilitación para Adquisición y Tenencia de Arma) y del Permiso de Porte, explicó a AFP Factual el asesor legal y autor en el área penal, Joaquín Arigón.
“El requisito antes era ninguno, simplemente ser retirado policial, porque era un derecho otorgado el portar armas”, dijo a AFP Factual el subsecretario del Ministerio del Interior, Guillermo Maciel, doctor en Derecho y especialista en seguridad.
Pasados los cuatro años, en el caso de querer portar o adquirir armas de fuego debían tramitar el THATA y atenerse a sus causales denegatorias. Para obtener el título se debe presentar ante autoridades policiales constancia de domicilio; certificado de antecedentes penales; cédula de identidad; certificado de aptitud psíquica y física expedido por médicos y psicólogos o por instituciones de salud; y constancia de ingresos.
“Cualquier civil mientras no tenga antecedentes judiciales, siempre que esté idóneo física y psicológicamente y que haya hecho un curso de capacitación para tener un arma”, puede tramitar su tenencia, comentó Maciel. Pero siempre que la autoridad policial considere que la posesión del arma no sea un peligro para la persona o su entorno.
Después de la LUC
Tras la aprobación de la norma, los derechos de los policías en situación de retiro fueron modificados.
El artículo 63 de la LUC eliminó el “porte de armas” entre los derechos que tiene un policía inactivo. Sin embargo, lo agregó en su artículo 64, donde señala que estos pueden llevar armas consigo siempre que no posea antecedentes penales y haya superado una evaluación de su idoneidad:
Esta información deberá ser registrada en su Guía de Posesión, proporcionando certificados que acrediten sus antecedentes y aptitudes cada cinco años, explicó Arigón.
Además, los policías retirados también deben tramitar el THATA, afirmó Maciel, pues es un requerimiento para portar un arma.
Con su artículo 65, la normativa oficialista también agregó, entre los derechos del policía en situación de retiro, la opción de intervenir ante un delito “con las mismas facultades legales del personal en actividad”, para luego notificar a las autoridades policiales del hecho.
Y concluye: “Las consecuencias de tal intervención deberán ser consideradas, a todos los efectos, como acto directo del servicio”.
Tras contactar a la AFP, la organización Colectivo Catalejo, autora de algunas publicaciones viralizadas, modificó los contenidos (1, 2).
AFP Factual ya ha verificado otros mensajes en referencia a la Ley de Urgente Consideración.
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