El padrón electoral chileno incluye a los detenidos desaparecidos como homenaje; no pueden votar
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- Publicado el 5 de agosto de 2022 a las 22:11
- Modificado el 19 de agosto de 2022 a las 22:13
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- Por Barbara MEDINA, AFP Chile
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“Hice el ejercicio que hizo una twitera 1. Lista de detenidos desaparecidos, 2. Escojo nombre al azar 3. Busco RUT 4. Está habilitado para votar Empezó el fraude @ServelChile”, señalan publicaciones en Twitter y en Facebook.
Las entradas comparten una captura del sitio web del Servicio Electoral de Chile (Servel) donde aparece una supuesta persona habilitada para sufragar, junto a una ficha con los mismos nombres y con datos de un detenido desaparecido.
Los contenidos han sido viralizados luego de que la Convención Constituyente, elegida para redactar una propuesta de Carta Magna para Chile, entregara el 4 de julio de 2022 el texto final que será votado el 4 de septiembre de 2022 en un plebiscito.
Según datos oficiales durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990) unas 3.200 personas murieron o desaparecieron a manos de agentes del Estado, mientras que unas 38.000 fueron torturadas por el aparato represivo del régimen.
Las entradas viralizadas sugieren que en el plebiscito constitucional personas que fueron detenidas en ese período, y que se encuentran hasta la actualidad en calidad de desaparecidas, estarían habilitadas para votar. Para eso muestran como ejemplo el caso de “José Ernesto Agurto Arce”, quien sería un detenido desaparecido habilitado para sufragar.
El tomo 2 del Informe Rettig, documento elaborado y entregado el 9 de febrero de 1991 por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación sobre las violaciones a los derechos humanos ocurridos en Chile durante la dictadura, detalla que la persona citada en las publicaciones se encuentra desaparecida desde 1975.
Una búsqueda en Google con el nombre del detenido desaparecido permitió obtener su número de rol único nacional o número de identificación, y con este se pudo comprobar que efectivamente está en el registro del Servel, en una circunscripción electoral de la ciudad de Valparaíso y que se encuentra “habilitado para sufragar”.
Sin embargo, desde el 13 de agosto de 2022, en los datos electorales de la persona señalada, en el sitio del Servel, se lee además “Persona Ausente por Desaparición Forzada”.
Además, una búsqueda en la comuna de Valparaíso (región de Valparaíso, V) en el padrón electoral definitivo para el plebiscito constitucional del Servel, permitió encontrar el registro de la persona mencionada en las publicaciones viralizadas, donde se le agrega la calidad de “persona ausente por desaparición forzada”.
A través de un tuit, el Servel respondió a las publicaciones viralizadas explicando que, desde el 16 de febrero de 2021, el organismo “deberá velar porque las personas víctimas de desaparición forzada o detenidas desaparecidas sin muerte presunta, sean incluidas e identificadas en los padrones electorales como ‘Persona ausente por desaparición forzada’”.
Servel deberá velar por que las personas víctimas de desaparición forzada o detenidas desaparecidas sin muerte presunta, sean incluidas e identificadas en los padrones electorales como...
— Servicio Electoral (@ServelChile) August 2, 2022
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Este reconocimiento surge tras las modificaciones a la ley 18.556 Orgánica Constitucional Sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, el cual detalla que será aplicado a “las personas víctimas de desaparición forzada o detenidas desaparecidas, individualizadas en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, en el Informe de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, y en el Informe de la Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura” y deberán figurar inscritas en el Registro Electoral y en los padrones electorales que se determinen para cada elección o plebiscito.
La inclusión de los nombres de los detenidos desaparecidos en el padrón electoral fue catalogado entonces como un “memorial cívico” (1, 2, 3).
Patricio Santamaría, entonces presidente del Consejo Directivo del Servel, indicó en su cuenta en Twitter que la iniciativa se pensó como un “homenaje”.
En el padrón electoral auditado que se publicará en unas horas, por primera vez, en el caso de las personas detenidas desaparecidas, no declarada su muerte presunta, se indicará: "Persona ausente por desaparición forzada".Cuando planteamos esta iniciativa pensamos en un homenaje
— Patricio Santamaría (@p_santamariam) August 23, 2021
En las elecciones presidenciales y legislativas de noviembre de 2021 por primera vez fueron incluidos en el cuaderno de registro de votantes los nombres de los detenidos desaparecidos.
Al momento de votar, el elector presenta su cédula de identidad y uno de los integrantes de la mesa confirma que la persona esté registrada en el cuadernillo de votación. Luego se le entrega el voto al elector, quien lo marca con su preferencia y lo deposita en la urna. A continuación, en las casillas destinadas para eso en el cuadernillo, se debe anotar el número de identificación y el elector debe poner su firma.
La AFP consultó al Servel si las personas desaparecidas “pueden votar”, a lo que la institución aclaró que eso no es posible, ya que en el cuaderno electoral la casilla del número de identificación de esas personas se encuentra pintado de gris, no se puede marcar, y el sitio donde el elector de firmar después de sufragar señala “persona ausente por desaparición forzada”. La institución facilitó a AFP Factual una copia oficial del padrón electoral como ejemplo.
5 de agosto de 2022 Agrega párrafo con actualización del Servel.
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