España no aprobó ninguna norma estatal para eliminar los aires acondicionados en junio de 2026

En junio de 2026, marcado por una ola de calor que afectó a gran parte de Europa, España reportó más de 1.000 fallecimientos atribuidos a las altas temperaturas. En ese contexto, usuarios en redes sociales cuestionaron al Gobierno, liderado por Pedro Sánchez, porque habría impulsado “la eliminación de los aires acondicionados visibles en las fachadas” de edificios. Esos mensajes se difundieron más de 1.900 veces. Pero no hay ninguna normativa estatal relacionada con la instalación de estos aparatos, según expertos consultados por AFP Factual.

“DELIRIO CLIMÁTICO: En medio de la masiva ola de calor, el Gobierno de Pedro Sánchez impulsa la eliminación de los aires acondicionados visibles en las fachadas de los edificios, con inspecciones más estrictas y multas de hasta 3.000 euros para quienes no los retiren”, dice una publicación en X.

Esa afirmación procede de la cuenta de La Derecha Diario, verificada en ocasiones anteriores por la AFP (1, 2).

Ese mensaje y otros similares circulan también en Facebook, Instagram y TikTok.

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Captura de pantalla hecha el 7 de julio de 2026 de una publicación en Facebook

El mes de junio de 2026 estuvo marcado por una fuerte ola de calor que azotó a varios países de Europa. En España se reportaron 1.028 muertes atribuidas a las altas temperaturas, cifra que duplicó a la del mismo período del año anterior.

Sin embargo, no hay registro de nuevas normas implementadas por el Gobierno para eliminar aires acondicionados en las fachadas.

“No hay ninguna normativa a nivel estatal que impida poner equipos de aire acondicionado en las fachadas”, indicó el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía a AFP Factual el 7 de julio de 2026. “En algunos casos puede ser regulación de la propia comunidad de propietarios o de los ayuntamientos por cuestiones estéticas y de paisaje urbano”, agregó.

Lo confirmó igualmente María Jesús Romero Aloy, profesora del departamento de Urbanismo de la Universidad Politécnica de Valencia, quien precisó que las normas relativas a la instalación de aires acondicionados, y las eventuales sanciones por incumplimiento, corresponden “a los ayuntamientos”, no al Estado.

¿Qué dice la normativa española?

A la hora de colocar un aire acondicionado en la fachada de un edificio en España –elemento común del edificio, según el artículo 396 del Código Civil–, hay que considerar varias normas.

Una de ellas es la Ley sobre Propiedad Horizontal, de 1960, que determina que instalar un aparato visible desde el exterior “requiere, en general, autorización por parte de la junta de propietarios”, explicó Romero.

La última modificación de esta norma a la fecha de publicación de este artículo se produjo en marzo de 2026, pero no contenía ninguna referencia a restringir los aires acondicionados.

También hay que tener en cuenta las ordenanzas de edificación de cada municipio y la normativa en materia de protección patrimonial en caso de edificios catalogados por su interés histórico o cultural, apuntó Romero.

Por ejemplo, la norma urbanística de Madrid, en su artículo 6.10.8.2, indica que la instalación de aires acondicionados visibles desde la vía pública “requerirá un estudio de conjunto para su integración en la fachada del edificio que deberá presentar la comunidad de propietarios o propietario del mismo”.

En el caso de Sevilla, estos aparatos “solo podrán instalarse en la posición que no perjudiquen a la estética de la fachada”.

De acuerdo con Romero, 3.000 euros es “el importe máximo de multa previsto en algunas ordenanzas municipales para infracciones graves, pero no es una cuantía fijada por una norma estatal”.

En todo caso, “no se ha aprobado una norma estatal reciente que tenga por objeto la ‘eliminación’ de aires acondicionados visibles en fachadas”, dijo Antonio Benítez Ostos, socio-director de Administrativando Abogados, en declaraciones a AFP Factual el 8 de julio de 2026.

“Las normas recientes en materia de climatización y energía se han centrado en ahorro y eficiencia energética, no en prohibir la presencia de aparatos en fachada”, precisó.

Referencias:

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