El Gobierno español no obligó en una norma a declarar las transacciones con Bizum entre particulares
- Publicado el 24 de diciembre de 2025 a las 13:39
- 3 minutos de lectura
- Por Lucía DIAZ, AFP España
El Gobierno español modificó en abril de 2025 una norma para facilitar a la Administración tributaria el acceso a información de las transferencias de empresas y autónomos. A más de un mes de su entrada en vigor en febrero de 2026, más de 8.000 usuarios en redes sociales afirman que con la nueva normativa el Gobierno controlará todos las transacciones realizadas por el servicio de pago móvil Bizum, incluyendo las ayudas entre familiares. Pero los ciudadanos particulares no tienen que declarar estas transacciones, aclararon el Ministerio de Hacienda y los expertos consultados por AFP Factual.
Un mensaje compartido en X por La Gaceta de la Iberosfera afirma: “ÚLTIMA HORA | El Gobierno controlará todos los pagos por Bizum a partir de 2026: las ayudas entre familiares serán una «donación» con carga impositiva”. La afirmación va acompañada de un enlace al portal web con el mismo título.
La Gaceta de la Iberosfera es una página de la Fundación Disenso –organización de la que forma parte el líder del partido español Vox, Santiago Abascal– que ha difundido desinformación anteriormente, verificada por la AFP. De hecho, Abascal dijo el 17 de diciembre de 2025 en un acto en la comunidad de Extremadura: “Ahora van a vigilar el bízum que hacéis a vuestros hijos para considerarlo una donación familiar”, y compartió un vídeo de sus declaraciones en TikTok.
El vídeo del líder de Vox y capturas de pantalla del artículo de La Gaceta circulan también en Instagram y Facebook.
El Gobierno de España aprobó en abril de 2025 una modificación del Reglamento General de Aplicación de los Tributos, con el objetivo de mejorar la lucha contra el fraude fiscal, de acuerdo con el texto normativo.
La norma, que entra en vigor en febrero de 2026, incluye como novedad que las entidades bancarias declaren cualquier pago con tarjeta física o virtual realizado por empresas y autónomos, incluyendo aquellos asociados a números de teléfono móvil.
En España, 30 millones de personas utilizan la plataforma Bizum para realizar pagos entre teléfonos móviles, siendo de las aplicaciones de pagos entre particulares con más usuarios en Europa. Sin embargo, el texto aprobado no afecta a los ciudadanos particulares.
Solo se declararán los pagos de empresarios y autónomos
El decreto aprobado en abril no hace referencia a los pagos entre particulares mediante Bizum, aclaró el Ministerio de Hacienda en una nota de prensa publicada el 15 de diciembre de 2025.
El artículo 38 bis del documento, que habla de los pagos a través de números de teléfono móvil, en realidad se refiere a las transacciones “realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros”.
Por tanto, si un padre hace un bízum de 900 euros a su hijo para el alquiler de un piso, estos pagos “quedan excluidos”, ejemplificó María José Fernández Pavés, catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Granada, en declaraciones el 18 de diciembre de 2025 a AFP Factual.
En cualquier caso, los expertos consultados recordaron que ya existía una obligación de informar los pagos entre particulares de más de 3.000 euros, norma que sigue vigente a fecha de esta verificación.
La notificación dependerá de las entidades financieras
Algunas publicaciones virales también sugieren que la obligación de declarar los bízums recaería en quienes hicieran la transacción, es decir, las empresas. Pero esto tampoco es correcto.
En realidad, “van a ser las entidades financieras con las que ellos trabajan las que pasarán la información”, confirmó Javier Collado, profesor de Tributación y Asesoría Fiscal de la Universidad a Distancia de Madrid, el 19 de diciembre de 2025 a AFP Factual.
Además, en este caso “desaparece el umbral mínimo que había hasta ahora de 3.000 euros”, añadió Fernández Pavés. Como indicó Collado, los bancos realizarán una declaración con la cuantía mensual acumulada.
Referencias:
- Informaciones publicadas en abril de 2025 sobre la modificación del Reglamento General de Aplicación de los Tributos
- Real decreto que incluye la modificación del Reglamento General de Aplicación de los Tributos, en el Boletín Oficial del Estado
- Datos de usuarios de Bizum en España y en comparación con otras aplicaciones europeas
- Nota aclaratoria del Ministerio de Hacienda sobre los bízums entre particulares
- Norma que ya recogía la obligación de informar de las transacciones de más de 3.000 euros
- Perfil de María José Fernández Pavés, catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Granada
- Perfil de Javier Collado, profesor de Tributación y Asesoría Fiscal de la Universidad a Distancia de Madrid
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