El Gobierno de España no multó por “colgar la bandera” del país en el balcón el 12 de octubre
- Publicado el 31 de octubre de 2025 a las 15:11
- 3 minutos de lectura
- Por Cristina ALONSO PASCUAL, AFP España
España celebra su fiesta nacional el día 12 de octubre. En el año 2025, usuarios en redes sociales compartieron más de 5.300 veces que el gobierno de Pedro Sánchez había impuesto multas de “600 euros” por colgar la bandera de España en el exterior de las casas durante esa jornada. El Ministerio del Interior desmintió tales sanciones a AFP Factual y ninguna normativa prohíbe que los ciudadanos exhiban la enseña, especialmente protegida al ser la bandera oficial del país, según expertos consultados por la AFP.
“INSÓLITO: El Gobierno de Pedro Sánchez impuso multas de hasta 600 euros por colgar la bandera de España en un balcón durante el Día de la Hispanidad”, asegura un mensaje en X.
La cuenta que lo difunde es La Derecha Diario, cuyo contenido ha verificado en ocasiones anteriores AFP Factual (1, 2).
Publicaciones con afirmaciones iguales o similares circulan también en Facebook, Instagram y TikTok.
El equipo de comunicación del Ministerio del Interior calificó de “bulo absoluto” el mensaje viral, en respuesta a AFP Factual el 17 de octubre de 2025. “Ninguna normativa prevé multas por exhibir la bandera española”, agregó.
Los edificios públicos deben exhibir la bandera nacional
En España no existe ninguna ley que prohíba colgar la bandera nacional en el exterior de una vivienda, confirmaron los expertos consultados a AFP Factual.
“La bandera de España es un símbolo oficial que está regulado en la Constitución”, apuntó Ekain Payán Ellacuria, profesor adjunto de Derecho Administrativo de la Universidad del País Vasco, el 27 de octubre de 2025 a AFP Factual.
Existe una ley específica, de 1981, pero que se refiere a la obligatoriedad de que ondee en edificios públicos. En el caso de su exhibición por parte de la ciudadanía, habría que considerar los derechos a la libertad ideológica y a la libertad de expresión, protegidos ambos por la carta magna (artículos 16 y 20).
Para Payán, la bandera nacional “está especialmente protegida” también en el Código Penal, donde se contempla que los ultrajes a España, que incluyen las ofensas a sus “símbolos o emblemas”, supondrán una multa pecuniaria.
¿A qué se pueden referir los 600 euros?
La cuantía de 600 euros mencionada por las publicaciones virales podría referirse, según el profesor de la Universidad del País Vasco, al “límite máximo de la infracción leve” de la ley de seguridad ciudadana.
Esta sanción se aplica cuando una conducta se realiza “en contexto de alteración del orden público o desobediencia a la autoridad”, dijo a AFP Factual Antonio Benítez Ostos, socio-director y fundador de Administrativando Abogados, el 20 de octubre de 2025.
“Pero en estos casos la norma no habla de banderas concretas, sino de ‘elementos’ u ‘objetos’ colocados en la vía pública sin autorización, o que puedan suponer riesgo, obstaculización o alteración del entorno”, precisó.
Además, como detalló Payán, la sanción no sería por la bandera en sí misma, sino por el delito al que daría lugar su exhibición, que podría ser, por ejemplo, de odio.
La cifra de 600 euros también podría referirse a alguna ordenanza municipal, añadió Manuel Pereiro Cárceles, profesor e investigador en Derecho administrativo de la Universidad Complutense de Madrid. Los límites para sus infracciones leves son de un máximo de 750 euros, explicó a AFP Factual el 26 de octubre de 2025.
Dichas ordenanzas pueden contemplar infracciones genéricas, como “colocar objetos en balcones o fachadas que ensucien, generen goteos o riesgo, o alteren la imagen urbana”, pero en ningún momento sancionan el contenido del elemento.
“Aplicarlas al ‘mero colgado’ de una bandera exigiría una interpretación extensiva poco compatible con la libertad de actuación de los particulares y con el principio de tipicidad”, sentenció.
Referencias:
- Artículo 4 de la Constitución española
- Perfil de Ekain Payán Ellacuria
- Ley 39/1981 sobre uso de banderas
- Artículo 16 de la Constitución española
- Artículo 20 de la Constitución española
- Código Penal español
- Ley de seguridad ciudadana
- Web de Administrativando Abogados
- Ley sobre sanciones económicas en ordenanzas municipales
- Perfil de Manuel Pereiro Cárceles
- Explicación del principio de tipicidad
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