El presidente consejero del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, previo a la distribución de boletas en Tepotzotlán, a las afueras de la Ciudad de México. AFP PHOTO / Pedro Pardo (AFP / Pedro Pardo)

Sí, el INE sí aprobó que los mexicanos pudieran votar escribiendo apodos en la boleta

  • Este artículo data de hace más de un año.
  • Publicado el 14 de junio de 2018 a las 12:45
  • Modificado el 27 de junio de 2018 a las 22:50
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  • Por AFP México
En México, desde el pasado 7 de junio, varios medios de comunicación publicaron que el Instituto Nacional Electoral aprobó que los electores pudieran ejercer su voto escribiendo en la boleta el nombre o los apodos de los candidatos; a pesar de que muchos lectores pensaron que era broma, es lo que dice el fallo del Consejo General del INE.

No es falso que el INE aprobó que los ciudadanos pudieran ejercer su voto al escribir en la boleta el apodo o nombre del candidato de su preferencia; sin embargo, esta medida aún puede impugnarse por representantes de partidos políticos y, de ser así, la determinación a la que llegó el órgano electoral podría no aplicarse durante las elecciones en México, el próximo 1 de julio.

El 7 de junio, con seis votos a favor y cinco en contra, los consejeros del INE aprobaron que el voto de los ciudadanos fuera válido si deciden escribir el nombre o apodo del candidato de su preferencia; por ejemplo, a los candidatos a la presidencia se les puede apoyar utilizando “AMLOVE” o “Peje” para referirse a Andrés Manuel López Obrador, quien va en representación de la coalición Juntos Haremos Historia, o también podrán escribir “Ricky” para hacer referencia a Ricardo Anaya, candidato de la alianza Por México al Frente. O también podrían escribir “Pepe” haciendo referencia a José Antonio Meade, candidato de la coalición Todos por México.

Personal del INE confirmó a la AFP que la decisión abre la posibilidad a un proceso opaco en el conteo de votos; sin embargo, dicen, “existen los cómputos distritales en los que se puede hacer un recuento de la votación si se halla algún error previo”.

Al respecto, el especialista Francisco Rojas, integrante de la organización Strategia Electoral, aseguró a la AFP que el problema de ejercer el voto escribiendo apodos o nombres es que “entramos en el terreno de la interpretación que puede ser poco claro. Porque el presidente de la casilla lo tiene que valorar y es una apreciación subjetiva”.

De acuerdo con Francisco Rojas, solo si el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la máxima autoridad en materia electoral, emitiera un fallo en contra podría cancelarse la medida.

“El hecho de que el voto de los ciudadanos sea válido o no en caso de que decidan escribir el sobrenombre del candidato depende únicamente de la determinación del Tribunal en caso de que se interponga una impugnación; si no es así entonces la medida propuesta por el INE es válida”, comentó Rojas.

De acuerdo con una revisión del sitio de transparencia de la Dirección General de Estadística e Información Jurisdiccional, dependiente del Tribunal Electoral, hasta el 13 de junio no se ha presentado impugnación alguna en la materia.

Personal del INE aseguró a la AFP que varios partidos políticos prevén impugnar la medida, aunque no especificó cuáles.

Durante la sesión extraordinaria del Consejo General del INE (del 7 de junio) tanto representantes de Movimiento Ciudadano (MC) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) se manifestaron en contra de la medida; mientras que el Partido del Trabajo (PT) y  Partido Encuentro Social (PES) mostraron su apoyo. Los representantes del resto de los partidos aseguraron que era necesario que se volviera a evaluar la propuesta.

El presidente de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral del INE, Marco Antonio Baños afirmó durante la misma sesión que la propuesta surgió a partir de preguntas en las redes sociales de los ciudadanos sobre la posibilidad de ejercer su voto escribiendo el nombre o apodo de un candidato.

Además, la medida está sustentada con “el principio de progresividad” acordado en 2015, se indica en el acuerdo votado. Dicho principio señala que la validez o nulidad del sufragio debe estar determinada a “privilegiar la intención del elector”.

Voto nulo

Los votantes que quieran innovar a la hora de emitir su sufragio deberán, no obstante, cuidarse de que su boleta no quede anulada. En el cuadernillo de consulta para las elecciones de 2018 –que no incluye las especificaciones aprobadas por el INE el 7 de junio– el voto se contará como nulo si:

  1.  Se marca con algún rayón toda la boleta.
  2.  Si se rompe la boleta.
  3. Si se usan groserías.
  4. Si se marca el recuadro de partidos que no se encuentran bajo la misma coalición.

Pese a que se creyó una broma, es verdad que el INE aprobó que se pudiera escribir el nombre y hasta el apodo del candidato por el que se quiera votar; sin embargo, los ciudadanos aún deberán estar atentos a que sus sufragios no queden anulados por otras razones.

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