La derogación de un decreto de 2017 no habilitó el ingreso a Argentina de migrantes con antecedentes
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- Publicado el 10 de marzo de 2021 a las 22:55
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- Por Ana PRIETO, AFP Argentina
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“Si sos chorro [ladrón, NDLR] bienvenido a la Argentina”, se lee en un meme que circula en Facebook (1, 2, 3), Instagram (1, 2) y Twitter (1, 2). “El Gobierno derogó el decreto de Macri que impedía el ingreso al país de extranjeros con antecedentes”.
De manera irónica, la imagen imita la estética de los anuncios oficiales en el país y contiene el logo del Ministerio de Turismo.
El meme alude a la derogación, el pasado 5 de marzo, del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2017 que firmó Mauricio Macri durante su administración (2015-2019) y que modificó la Ley 25.871 de Migraciones, promulgada en 2004.
¿Qué modificó el decreto 70/2017?
El DNU estableció la adopción de “medidas urgentes” debido a la “situación crítica” que se vivía en el país por la actividad del crimen organizado, en especial el narcotráfico.
Según el documento, “el TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) de las personas bajo custodia [por narcocrímenes, NDLR] del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL son extranjeros”. Se afirmaba asimismo que la población total de personas de nacionalidad extranjera bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal se había incrementado sostenidamente en los años anteriores a 2017.
Una de las modificaciones más importantes que el decreto efectuaba a la Ley de Migraciones estaba referida a los impedimentos para entrar al país.
En esa ley, el artículo 29 establece que se puede negar el ingreso y residencia a extranjeros que buscan obtenerla en territorio nacional si han sido condenados o están cumpliendo condena, en Argentina o en el exterior, o tienen antecedentes por tráfico de armas, de personas, de drogas o por lavado de dinero o “inversiones en actividades ilícitas o delito que merezca para la legislación argentina pena privativa de la libertad de tres (3) años o más”.
El decreto establecía que el ingreso y la permanencia en el país podrían denegarse no solo por haber recibido una condena o estar cumpliendo una, sino también por poseer “antecedentes o condena no firme” en Argentina o el exterior por delitos que merezcan la privación de la libertad, según las leyes nacionales.
Otra de las disposiciones más relevantes refería a los procedimientos para la expulsión de migrantes. El DNU estableció que si un ciudadano extranjero recibía la orden de expulsión, tendría un máximo de tres días hábiles para interponer un recurso de defensa.
Un decreto discutido
Desde su promulgación, el decreto estuvo rodeado de polémica. Organizaciones de la sociedad civil, incluyendo el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Comisión Argentina para los Refugiados y Migrantes (Caref), así como Amnistía Internacional y el Comité contra la tortura de Naciones Unidas, observaron que el DNU permitía la expulsión acelerada de ciudadanos extranjeros, disminuía las garantías procesales y vulneraba el derecho a la defensa de los migrantes, en oposición al acceso a la justicia previsto en la Constitución Nacional y tratados internacionales de derechos humanos.
“Esto eliminó todo tipo de garantías”, dijo a AFP Factual Pablo Asa, abogado y coordinador de la Clínica Jurídica Derechos de Inmigrantes y Refugiados, Universidad de Buenos Aires-Caref-CELS, Argentina. “En lugar de notificarte acerca de la posibilidad de expulsarte del país, con el DNU la orden de expulsión era automática”, explicó.
El decreto también fue acusado de promover la xenofobia y estigmatizar a personas migrantes por asociarlas con la inseguridad y la delincuencia.
Además Asa detalló que el DNU igualó los antecedentes penales graves y los antecedentes penales simples, como pueden ser los derivados de cuestiones civiles.
“La Ley de Migraciones establece un criterio de tres años de condena firme como impedimento para entrar. El DNU incluyó, en cambio, todo tipo de antecedentes, no solo relacionados con el tipo de hecho. Y no importaba si tenías condena; lo que importaba era tener un antecedente policial cualquiera, como una multa de tránsito”, criticó Asa.
Asimismo, se cuestionó la precisión de los datos que sirvieron de base a la medida, en especial los relacionados con la presencia de migrantes en la población carcelaria. En marzo de 2018, por ejemplo, la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró la inconstitucionalidad de la medida y argumentó que no había una “situación crítica” que justificara la promulgación del DNU sin la venia del Congreso. Señaló además que los fundamentos del decreto presentaron “en forma sesgada las estadísticas disponibles”, lo que llevó a “conclusiones inexactas”.
Según el decreto, por caso, la proporción de extranjeros en las cárceles nacionales había incrementado sostenidamente hasta 2016, mientras que, de acuerdo con los informes anuales del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena, entre 2012 y 2016 se mantuvo la misma proporción de ciudadanos extranjeros en las cárceles del país: un 6%.
Por su parte, un informe de Amnistía Internacional publicado poco después de la promulgación del DNU detalló que, según datos oficiales, de todas las personas detenidas por delitos de drogas en el territorio argentino, el 82% son argentinas y el 18% son extranjeras, lo que representaba, en 2017, “un 0.06% del total de la población migrante en el país”, ilustró la ONG.
El meme
Gabriela Liguori, trabajadora social y directora ejecutiva de Caref, dijo a AFP Factual que la afirmación del meme es falaz. “La Ley 25.871, desde su sanción, prevé que los antecedentes penales son un impedimento tanto para el ingreso al territorio nacional como para la permanencia. No necesitábamos el DNU 70/2017 para regular el ingreso y permanencia de las personas con antecedentes”.
Liguori explicó que la ley exige a quienes inician su trámite de radicación presentar un certificado de antecedentes penales, tanto de Argentina como de su país de origen o lugar de residencia en los cinco años anteriores. “Si en ese certificado apareciera cualquier hecho vinculando a un delito cometido, eso es, y ha sido siempre, un impedimento para acceder a la regularidad migratoria y una herramienta que puede dar lugar al inicio de un pedido de expulsión si no se aprueba la radicación”.
Asa concuerda en que la afirmación del meme es falsa y que, en virtud de la ley de 2004, los antecedentes penales son un impedimento para inmigrar. “Todas las personas que vienen a [instalarse a, NDLR] Argentina sí o sí tienen que hacer un trámite donde se controlan sus antecedentes penales. Y los sistemas de control son varios: antecedentes penales en tu país de origen, antecedentes en Argentina y pedidos de Interpol. Si tenés problemas en cualquiera de esas tres instancias, no te van a dar la radicación”, dijo.
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