En Islandia se desarrolló un proceso constituyente que no prosperó y aún rige la Constitución de 1944
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- Publicado el 13 de noviembre de 2020 a las 22:44
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- Por Valentina DE MARVAL, AFP Chile
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“OJO, sin partidos”, destacan los mensajes compartidos en Facebook (1, 2, 3), replicados también en Instagram y Twitter.
Varios de los usuarios que difundieron este mensaje en vísperas del referéndum en Chile dicen en sus perfiles ser residentes o se relacionan en sus publicaciones con el país sudamericano. En esa consulta se impuso la opción favorable a cambiar la Constitución a través de una convención constituyente, que estará formada por ciudadanos elegidos por voto popular, descartando la alternativa que incluía la participación de legisladores.
En cuanto a la Constitución vigente en la República de Islandia, fue adoptada en 1944 y reformada cuatro veces, según el sitio del gobierno. En 2010, el país nórdico inició un proceso constituyente en el que participó la ciudadanía, pero este quedó inconcluso al no conseguir la ineludible aprobación del Parlamento.
La Constitución de 1944
La Carta Fundamental vigente en Islandia fue elaborada por el Parlamento de la época, según las fuentes consultadas.
Alexander Hudson, doctor en ciencias políticas y autor de la investigación “Evidencia de la Constitución de Islandia con fuentes colaborativas”, explicó a AFP Factual que la actual Carta Magna del país nórdico “fue redactada por el Parlamento islandés, pero en su mayor parte es una copia de la constitución danesa de 1849”.
Asimismo, Thorvaldur Gylfason, economista islandés y miembro del Consejo Constitucional que en 2011 redactó las bases para una nueva ley fundamental, explica en este artículo que “en lugar de elaborar una nueva Constitución, como corresponde a una nueva república [en 1944], el Parlamento se decidió por cambios modestos a la constitución de 1874, el mínimo indispensable necesario”.
La politóloga Hélène Landemore, profesora de la Universidad de Yale, también señala en un artículo académico que la carta Carta Fundamental vigente en Islandia se remonta al momento de la fundación de la República en 1944, y es “una versión ligeramente modificada de la constitución colonial anterior al siglo XIX”.
Sobre el proceso en 2010, la autora indica que “muchos estuvieron de acuerdo en que el texto era incómodo e inadecuado para la moderna, independiente y democrática República de Islandia”.
Proceso inconcluso
En 2008, Islandia enfrentó la peor crisis financiera de su historia que derivó en altos índices de inflación y desempleo, y provocó protestas callejeras contra el gobierno, que incluyeron el pedido de renuncia de las autoridades. Asediado por esta situación, el primer ministro Geir Haarde dimitió a inicios de 2009.
Ese mismo año, los partidos que formaron un nuevo gobierno propusieron al Parlamento crear una Asamblea Constituyente, como destaca el informe “Mecanismos de cambio constitucional en el mundo”, publicado en 2015 por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).
Aprobada la iniciativa, primero se nombró una Comisión Constitucional de siete integrantes, quienes convocaron a un Foro Nacional compuesto por 950 ciudadanos elegidos al azar. Este grupo definió los contenidos esenciales que debían contemplarse en la nueva Carta Fundamental.
Luego, la Comisión llamó a elecciones para formar una Asamblea Constituyente compuesta por 25 ciudadanos. Según Landemore, los elegidos no podían, por ley, ser parlamentarios ni políticos.
La votación se realizó el 27 de noviembre de 2010, pero la Corte Suprema la declaró nula “alegando el incumplimiento de ciertas normas técnicas”, según se explica en el informe del PNUD. Sin embargo, el gobierno acordó con el Parlamento crear un Consejo Constitucional, nombrando igualmente a estos 25 representantes elegidos en los comicios anulados.
“El Consejo Constitucional trabajó durante 4 meses, donde sus miembros debían trabajar a tiempo completo, recibiendo el mismo salario que el de los miembros del Parlamento; además, debían establecer ellos mismos los procedimientos y la organización de su trabajo”, detalla el documento.
Al finalizar, el Consejo aprobó un texto de forma unánime, que fue enviado al Parlamento islandés en julio de 2011.
En octubre de 2012 se realizó en el país un referéndum para que la ciudadanía ratificara el texto, finalmente aprobado por un 66%.
Sin embargo, el proceso quedó estancado en el siguiente paso: “Para poder realizar una reforma constitucional era necesario el voto conforme de dos parlamentos consecutivos, lo que no ha ocurrido hasta hoy”, consigna el documento del PNUD.
En el informe “Mecanismos de participación ciudadana en el proceso constituyente de Islandia”, Mariano Ferrero, del Departamento de Estudios de la Biblioteca del Congreso de Chile, detalla que para adoptar el texto de la nueva Constitución “se requería la aprobación por mayoría simple en dos parlamentos sucesivos, con una elección general intermedia”.
Sin embargo, agrega, “la coalición parlamentaria gobernante fue incapaz de votar favorablemente el proyecto antes del final de la legislatura, en marzo de 2013, y la posterior victoria de los partidos de centro-derecha opositores del proceso constituyente llevó a su parálisis”.
Alexander Hudson señaló a la AFP que no es simple determinar si este debate quedó inconcluso o cerrado, ya que actualmente existe un proceso en curso en el Parlamento para considerar la reforma constitucional. “Sugeriría que el proceso ha terminado, pero el texto que se redactó puede terminar siendo una parte importante de cualquier cambio constitucional en el futuro”, indicó.
¿Sin partidos?
Expertos consultados por AFP Factual coinciden en que la redacción de una nueva Constitución en Islandia iniciada en 2010 se basó en la participación ciudadana, pero no excluyó en el proceso a los partidos políticos.
Miriam Henríquez, abogada experta en derecho constitucional, aseguró que durante el proceso constituyente de Islandia el Consejo Constitucional optó por “oír a todos los ciudadanos sin acceso privilegiado de ningún grupo o persona; en virtud de esta definición no cooperó ni negoció con el Parlamento ni con los partidos políticos”.
Sin embargo, destacó su papel: “Los integrantes del referido Consejo Constitucional fueron nombrados por el Gobierno y el Parlamento. Ellos eran 25 ciudadanos que habían sido elegidos en unas elecciones que fueron anuladas, y al término de sus funciones, el Consejo entregó al Parlamento un proyecto constitucional”.
Domingo Lovera, abogado constitucionalista chileno, enfatizó en que la propuesta resultante del proceso constituyente entre 2010 y 2012 no fue ratificada por el Parlamento, y eso fue determinante: “Fue redactada por personas que efectivamente no tenían conexión con partidos políticos, pero como tenía que estar sujeta a ratificación de un nuevo Parlamento se cayó, porque el Parlamento de mayoría conservadora no lo aprobó”.
A diferencia del proceso en Islandia, una vez redactada la nueva ley fundamental en Chile, será sometida a un nuevo referéndum nacional y no pasará por el Congreso.
En conclusión, la Constitución en vigor en Islandia es la de 1944, elaborada por el Parlamento. Si bien en 2010 se inició un proceso para redactar una nueva Carta Magna basado en la participación ciudadana, el documento no fue aprobado por el poder legislativo y su adopción quedó trunca.
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