La OMS no debate un “tratado antipandémico” que implica la “renuncia a la soberanía” de los Estados
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- Publicado el 26 de mayo de 2022 a las 20:51
- 6 minutos de lectura
- Por Ana PRIETO, Nadia NASANOVSKY, Daniel FUNKE, Marie GENRIES, AFP Argentina, AFP Bélgica, AFP Estados Unidos
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El video, de poco más de seis minutos, circula en Facebook (1, 2), Twitter (1, 2) y Telegram. “Date un tiempo y escucha lo que nos prepara la OMS en complicidad con todos los Gobiernos”, aseguran algunos de los usuarios que lo viralizan.
Según Brandolino, referente argentina del grupo negacionista Médicos por la Verdad, el “tratado antipandémico”, en referencia a un posible acuerdo mundial sobre prevención, preparación y respuesta frente a pandemias, así como las enmiendas propuestas por Estados Unidos al reglamento sanitario internacional, “otorga a la OMS poderes plenipotenciarios en su constitución”, por sobre las constituciones y leyes nacionales.
Esto, afirma, le dará poder al organismo “no solo en la advertencia, definición o determinación de una pandemia, una enfermedad sino en el manejo de los recursos, en el trato que hacemos a los animales silvestres, en la producción agropecuaria, ganadería, siembra, con el pretexto del mantenimiento de los ecosistemas con un desarrollo sostenible”.
Entradas con afirmaciones similares circulan también en francés, portugués e inglés.
Confusiones y falsedades respecto del acuerdo de la OMS sobre pandemias
En noviembre de 2021, la Asamblea Mundial de la Salud (AMS), el principal órgano de decisión de la OMS, integrada por los 194 Estados miembros de ésta, acordó poner en marcha la elaboración de un acuerdo sobre prevención, preparación y respuesta ante una pandemia. Bajo el lema "El mundo en común", se creó un órgano intergubernamental de negociación (INB) que redactará y negociará el acuerdo mencionado.
Brandolino asegura que este convenio, al que llama “tratado antipandémico”, fue firmado en enero de 2022, y que será votado entre el 24 y el 28 de mayo, durante la 75ª Asamblea Mundial de la Salud, con “aprobación inmediata”.
Sin embargo, al momento de la publicación de la presente verificación, el acuerdo no existía. Solo había un proyecto cuyo primer borrador estaba previsto para agosto de 2022, se trataría en la 76ª Asamblea Mundial de la Salud en 2023, y se adoptaría, eventualmente, en 2024.
The World Health Assembly Special Session #WHASpecial adopted the decision to establish an intergovernmental negotiating body to draft & negotiate a WHO convention, agreement or other international instrument on pandemic prevention, preparedness & response https://t.co/VGlecQrakm
— World Health Organization (WHO) (@WHO) December 1, 2021
Brandolino atribuye al aún inexistente acuerdo sobre pandemias los artículos 19, 20 y 21 y asegura que estos establecen “específicamente” que dicho acuerdo “estará por encima de nuestra constitución y nuestras leyes”.
Sin embargo, tales artículos no se encuentran en el “tratado antipandémico” sino en la Constitución de la OMS, y ninguno alude a una cesión de la soberanía o a la anulación de las leyes nacionales en favor del organismo. Se utilizan, en cambio, para aprobar instrumentos y mecanismos de cumplimiento que aseguren la aplicación de directivas, reglamentos y estándares emitidos por la organización, con el acuerdo de los Estados miembros. En la historia, el único instrumento establecido en virtud del artículo 19 es el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco, que entró en vigor en 2005. A diferencia de lo que sugiere Brandolino, estos artículos no son novedosos. Ya se encontraban en la primera versión de la Constitución de la OMS, en 1946.
Consultada por la AFP, Polly Price, profesora de derecho y salud global en la Universidad de Emory, Estados Unidos, dijo que ningún futuro tratado sobre pandemias podría hacer que los países cedan la soberanía sanitaria a la OMS. Para ello “se necesitarían grandes cambios en la estructura de la ONU y la OMS, y no he visto que nadie lo proponga”.
En efecto, en la sección de preguntas y respuestas del sitio de la OMS acerca del eventual acuerdo sobre pandemias, se aclara que, como ocurre con todos los instrumentos internacionales, “este sería determinado por los propios gobiernos, que adoptarían cualquier medida teniendo en cuenta sus propias leyes y reglamentos nacionales.”
“La OMS es una organización formada por Estados. Son los Estados los que deciden lo que hace la organización”, dijo a la AFP Hélène De Pooter, profesora de derecho público en la Universidad de Borgoña Franche-Comté, y miembro del comité de Derecho Sanitario Global de la Asociación de Derecho Internacional. “Hay una regla cardinal que hay que entender: en derecho internacional, no se puede hacer nada sin el consentimiento de los Estados (...) Si un Estado no desea estar vinculado, no lo estará”.
El 17 de mayo, el director general de la OMS, Tedros Adhanom, se refirió a la difusión de “declaraciones engañosas” relacionadas con este tratado: “Desafortunadamente, ha habido una pequeña minoría de grupos que han hecho declaraciones engañosas y han distorsionado los hechos a propósito. Quiero ser muy claro. El programa de la OMS es público, abierto y transparente”.
Reforma al reglamento
En enero de 2022, el director general de la OMS propuso a la Asamblea General del organismo una serie de enmiendas elaboradas por Estados Unidos para “fortalecer la preparación y respuesta de la OMS a emergencias de salud”.
La propuesta de reforma fue respaldada por 19 Estados y los 27 miembros de la Unión Europea.
El documento, que aún no fue aprobado, propone reformas al reglamento sanitario internacional de 2005 (RSI), que, según explica la OMS, “constituye el marco jurídico que, entre otros aspectos, define las capacidades nacionales básicas, incluso en los puntos de entrada, para el manejo de los eventos agudos de salud pública de importancia potencial o real a escala tanto nacional como internacional, así como los procedimientos administrativos conexos”.
Brandolino asegura que “la reforma al RSI está dirigida a evitar la posibilidad de escapar de los reglamentos de salud internacionales emanados de la OMS por los diversos países” y la define como una “renuncia definitiva de nuestra soberanía”.
Pero en realidad, los principales cambios propuestos apuntan a establecer esquemas más claros de responsabilidades y reducir tiempos de respuesta ante “eventos que puedan constituir una emergencia internacional de salud pública”.
Ante la notificación por parte de un país de este tipo de situación, la OMS debe ofrecer colaboración con el país, sin embargo, esto no constituye una obligación para los Estados, que pueden negarse.
“Cuando hayan transcurrido 48 horas desde la oferta inicial de colaboración de la OMS, el hecho de que el Estado Parte no acepte la oferta de colaboración constituirá un rechazo a los efectos de compartir información disponible con los Estados Partes (...)”, reza la propuesta de Estados Unidos.
El 23 de mayo de 2022, en su discurso ante la Asamblea Mundial, la representante estadounidense, Loyce Pace, dijo que el objetivo de las reformas propuestas es “reforzar el Reglamento Sanitario Internacional de 2005 para aclarar las funciones y responsabilidades, aumentar la transparencia y la responsabilidad, compartir las mejores prácticas y comunicarnos en tiempo real con nuestros socios mundiales”.
"No hay ninguna propuesta para ceder la soberanía de un país a la OMS”, afirmó un portavoz del organismo en un correo electrónico a la AFP. “La OMS tiene 194 Estados miembros, o países, y son esos países los que toman decisiones soberanas”, añadió.
Olivier Corten, profesor del Centro de Derecho Internacional de la Universidad de Bruselas, dijo a la AFP: “Nos encontramos claramente en una fase exploratoria en la que no se ha decidido nada concreto, ni siquiera se ha propuesto. Se trata simplemente de reflexionar sobre cómo completar, modificar o desarrollar el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. No hay referencia a un poder exorbitante de la OMS.”
AFP Factual ha verificado ya otra desinformación sobre el “tratado pandémico” en Argentina.
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