Habitantes de la ciudad andina de Puno en Perú hacen fila para solicitar información sobre el retiro de los fondos de pensiones, el 19 de mayo de 2020 ( AFP / CARLOS MAMANI)

En Perú no se ha entregado a todos el retiro del 100% de los fondos de pensiones

  • Este artículo data de hace más de un año.
  • Publicado el 29 de marzo de 2022 a las 21:34
  • 4 minutos de lectura
  • Por Axl HERNANDEZ, AFP Chile
“En Perú se entregó el 100% y no hubo fin del mundo”, dicen publicaciones en redes sociales compartidas cientos de veces desde el 20 de marzo de 2022. Estas han sido vinculadas a la defensa de la propuesta, presentada en marzo de 2022 en el Congreso chileno, para permitir el retiro de hasta la totalidad de los fondos de pensiones ante la crisis sanitaria y económica en ese país. Sin embargo, aunque en Perú se han aprobado cinco retiros de fondos y uno más está en tramitación en el Legislativo, todos establecen un monto máximo a obtener por los afiliados y no todos pueden disponer del 100% de sus recursos.

Las publicaciones circularon en Facebook (1, 2) y Twitter acompañadas de etiquetas en los comentarios como “#RetiroTotalAfp”, “#EsMiPlataYPunto”, “#QuintoRetiroUrgente” o “#NoMasAFP” .

Las etiquetas hacen referencia a un proyecto de ley presentado en marzo de 2022 en Chile, que busca que los afiliados a las administradoras de fondos de pensiones (AFP) puedan retirar “desde el 10% o la totalidad del dinero de su cuenta de capitalización individual”, como una medida para contrarrestar la crisis sanitaria y económica que vive el país. 

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Captura de pantalla de una publicación en Facebook realizada el 22 de marzo de 2022

El régimen de pensiones vigente en Chile está basado mayoritariamente en un sistema privado de ahorro personal en una cuenta manejada por una AFP, el cual suma más de 11 millones de afiliados. Este fue instaurado en 1980 a través del decreto 3500 y obliga al cuentahabiente a aportar obligatoriamente el 10% de su sueldo. 

Este modelo coexiste con el sistema antiguo de pensiones donde se encuentran inscritos, hasta diciembre de 2021, 17.461 afiliados que cotizaban desde antes de 1980 y optaron por no ingresar a una AFP. En este plan, las cotizaciones van a un fondo común, que posteriormente financia la jubilación de por vida. Sin embargo, Marco Morales, profesor del Departamento de Economía de la Universidad Diego Portales, explicó a AFP Factual que “ese grupo de personas va muriendo y el sistema se va a extinguir en algún momento”.

En el caso de Perú, también existe el sistema de pensión privado en el que las cotizaciones van a un fondo individual a cargo de las administradoras de fondos de pensiones (AFP).

Una búsqueda de iniciativas relacionadas con el retiro de fondos de pensiones en el sitio web del Congreso peruano arrojó que existe un proyecto de ley ingresado en diciembre de 2021, el cual permitiría “la devolución del 100% del saldo de los aportes previsionales a los afiliados del sistema privado de administración de fondos de pensiones [AFP]”. Pero se encuentra en tramitación y no ha avanzado desde el 31 de enero de 2022. 

Otros retiros se han aprobado anteriormente en Perú para afiliados a las AFP. Martha Meléndez, jefa de comunicaciones del Congreso dijo a AFP Factual que tres de ellos fueron aprobados a través de proyectos de ley entre abril de 2020 y mayo de 2021 y dos mediante decretos de urgencia en 2020 (1, 2), promovidos durante el gobierno del expresidente Martín Vizcarra (2018-2020). Sin embargo, aunque todos establecen un tope máximo de retiro, no necesariamente equivalen al 100% de los fondos. 

Respecto de este punto, Ronny Alvarado, docente de la Escuela de Economía de la Universidad César Vallejo, compartió el siguiente ejemplo al equipo de verificación de la AFP: “Si una persona tenía 300.000 soles (80.267USD) y el tope máximo eran 2.000 soles (530,6 USD), solo iba a poder retirar una pequeña parte. En cambio, si la persona tenía 2.000 soles , [entonces sí] podía retirar el 100%”. 

Los decretos de urgencia 034-2020 y 038-2020 establecen un tope de 2.000 soles peruanos, mientras que en las leyes 31192 y 31068 se menciona un máximo de cuatro unidades impositivas tributarias (4.881 dólares) y en la Ley 31017, tres unidades impositivas tributarias (3.661 dólares). 

Solo dos iniciativas permitían explícitamente retirar el 100% del dinero. El decreto 034-2020 y la Ley 31017 dicen que, en caso de contar con menos del mínimo establecido de ahorros, 530,6 y 1.220,4 dólares respectivamente, se podía sacar la totalidad de los mismos. En tanto, los demás retiros no hacían referencia a la totalidad de los fondos.

El equipo de la Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones en Perú, encargada del registro de solicitudes de retiro, explicó a AFP Factual que las leyes y los decretos aprobados establecen un máximo, pero no un mínimo a retirar, por lo que los afiliados pueden elegir cuánto dinero solicitar. Es decir, si el monto ahorrado disponible era menor al máximo establecido, se puede disponer del 100% de los recursos.

Retiro de fondos de pensiones en Chile

En Chile, la iniciativa que busca entregar la totalidad de los fondos de pensiones se encuentra en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, siendo el quinto proyecto de estas características que ha sido tramitado en ese país durante los últimos dos años. 

De los cuatro proyectos previos, tres fueron despachados como leyes y permitían un retiro del 10% de los fondos de pensiones, mientras que el cuarto fue rechazado en diciembre de 2021 por la Cámara de Diputados. 

Los tres proyectos aprobados establecían que los afiliados podían retirar un mínimo de 35 unidades tributarias, equivalente a 1.258 dólares, y un máximo de 150 unidades tributarias, correspondiente a 5.538 dólares. En el caso de que el monto disponible fuera menor al mínimo, también se permitía el retiro de la totalidad de los fondos, como sucedió en Perú. 

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