El referendo de revocación de mandato en México no contempla ampliar la gestión de López Obrador
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- Publicado el 24 de marzo de 2022 a las 18:53
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- Por AFP México
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Según el texto, si vota el 40% o más de la lista nominal en el referendo de revocación de mandato presidencial en México, este se vuelve vinculante “entonces también puede pedirse en otra la ampliación de mandato”.
Las publicaciones compartidas en Facebook (1, 2) y Twitter (1, 2) llaman a no acudir a las urnas: “Que pasa si NO vas a votar. Se vera realmente el apoyo que tiene con los que voten que se quede y no se vuelve vinculante. Entonces no se puede ampliar el mandato porque no se junta el 40%. Por eso les urge que vayamos ‘todos a votar’ para que los que queremos que se vaya le demos con nuestro voto el porcentaje y poder de que se queda, esa es la trampa”.
El 10 de abril se realizará la consulta para la revocación de mandato presidencial en México con la pregunta: “¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”
El mandato de López Obrador inició el 1 de diciembre de 2018 y debe extenderse hasta el 30 de septiembre de 2024. Eso a menos que pierda el referendo y hayan acudido a votar más del 40% de los electores, con lo cual el resultado sería vinculante.
El artículo 35 de la Constitución Mexicana establece que la revocación de mandato “se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional”, periodo que, en el caso de López Obrador, se inició en diciembre de 2021.
La Ley de Revocación de Mandato establece que para que el proceso sea vinculante, es decir para que el resultado se ejecute, se requiere del sufragio del 40% de las personas inscritas en la lista nominal de electores, unos 37 millones de ciudadanos.
Si el resultado es vinculante y gana la opción de la revocación de mandato, el Tribunal Electoral deberá informar a los tres poderes del Estado mexicano que el presidente no debe seguir en el cargo.
Ni la Constitución ni la ley contemplan la posibilidad de la ampliación de mandato en caso de que acuda a votar más del 40% de los electores.
“El ejercicio no busca extender el mandato del presidente. Es preguntarle a la gente si quiere que se vaya o que continúe”, explicó a AFP Factual Miguel Ángel Lara Otaola, especialista en Evaluación de la Democracia en la Unidad de Evaluación de la Democracia (IDEA).
Leonardo Valdéz Zurita, exconsejero del antiguo Instituto Federal Electoral (IFE, convertido en el INE), subrayó a AFP Factual que “en la Constitución no existe la figura de ampliación de mandato”.
Una representante de prensa del INE dijo a AFP Factual que “la ley es muy clara respecto a lo que pasa, en ningún lado de la Constitución se plantean extensiones de mandato. (...) Hay que apegarse a lo que dice la ley”.
En México tampoco existe la figura de reelección presidencial. El artículo 83 constitucional establece que quien se haya desempeñado en el cargo de presidente “en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto”.
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