La legítima defensa existe en México desde hace décadas, aunque algunos estados la han modificado en años recientes

  • Este artículo data de hace más de un año.
  • Publicado el 22 de julio de 2020 a las 00:13
  • 6 minutos de lectura
  • Por AFP México
Un texto sobre la supuesta aprobación del “derecho absoluto a la legítima defensa”  ha sido compartido más de 40.000 veces en redes sociales desde septiembre de 2019; la mayoría de las publicaciones incluye enlaces a la web del Senado de México. En realidad, la legítima defensa está en las leyes mexicanas al menos desde 1871, aunque en los últimos años ha sido modificada en algunos estados.

“APROBARON HOY EL DERECHO ABSOLUTO A LA LEGÍTIMA DEFENSA SIN SER PROCESADOS PENALMENTE”, dicen publicaciones compartidas en Facebook (1, 2, 3, 4) desde el 23 de septiembre de 2019, junto con un texto que también ha circulado en sitios web y Twitter.

Además, las entradas mencionan las declaraciones de una diputada de nombre Libia Dennise García Muñoz Ledo: “Cuando un intruso llegue a una casa habitación, quien esté en la casa pueda repeler esa agresión, de cualquier manera bajo cualquier circunstancia y utilizando los mecanismos o los elementos que tenga a la mano y de ninguna manera puede ser imputado penalmente”.

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Captura de pantalla de una publicación en Facebook realizada el 15 de julio de 2020

Reformas en Guanajuato

Una búsqueda en Facebook con la primera frase de la publicación viral llevó a una entrada del 30 de septiembre de 2018 muy similar a las que han circulado en 2019 y 2020.

Al ingresar en Google el nombre de la diputada mencionada limitando los resultados al 2018, se localizó una nota del 10 de septiembre de 2018 publicada por El Sol de Irapuato, un diario local del estado de Guanajuato (centro de México), que informaba sobre la aprobación de una reforma al Código Penal estatal relacionada con la legítima defensa.

Con este indicio, en el sitio web del Congreso de Guanajuato se encontró que la legisladora Libia Dennise García Muñoz Ledo sí presentó una iniciativa para reformar un artículo del Código Penal estatal y fortalecer la legítima defensa, que ya estaba prevista en la ley

La iniciativa de García, legisladora del Partido Acción Nacional (PAN), fue presentada el 28 de febrero de 2018 y aprobada por unanimidad por el Pleno del Congreso local el 18 de septiembre del mismo año.

Esta reforma al Código Penal del estado de Guanajuato establece que la víctima que lesiona o mata a su agresor no tiene que probar que actuó en legítima defensa de su vida o sus bienes, sino que esto se presume y es la autoridad la que debe comprobar que no ocurrió así, en caso de tener indicios de ello.

Por su parte, una búsqueda en Google de las declaraciones que le atribuyen las publicaciones virales a García solo arrojó entradas similares en redes sociales y sitios web. El registro más antiguo data de 2017 y corresponde a un texto titulado “El Congreso y la “Legítima Defensa”, publicado por el sitio web Derecho Mexicano.

AFP Factual consultó a la legisladora si reconocía las declaraciones como suyas y ella contestó “así es”, aunque explicó que corresponden a una reforma aprobada en 2017 sobre el mismo tema y promovida por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

García dijo que tras la entrada en vigor de la reforma de 2017 “unos ladrones entraron a robar un hostal y el dueño golpeó a uno causándole la muerte. La reforma le permitió no tener ninguna responsabilidad penal”

Sin embargo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos advirtió en ese momento que el cambio legal podría vulnerar los derechos humanos, “así que revisamos y modificamos la figura”, añadió la diputada.

La legisladora explicó que de esa revisión surgió la reforma aprobada en 2018 y que se encuentra vigente.

El texto que circula en redes sociales afirma que la reforma “TAMBIÉN VA PARA POLICÍAS” y advierte que se podrá ejercer la legítima defensa contra “policías que entran a los domicilios aprovechándose del uniforme y cometan abuso de autoridad”. Sin embargo, la iniciativa aprobada en Guanajuato no menciona de manera específica a ningún agente de seguridad o funcionario.

Abogados penalistas consultados por AFP Factual coincidieron en que la legítima defensa sí es aplicable en el supuesto mencionado por la publicación viral sobre policías que entren a un domicilio sin autorización, de manera ilegal.

“Perfectamente les puedes disparar en un momento dado porque un policía no tendría que estar dentro de tu casa sin tu autorización y violando tus garantías individuales”, dijo Anuar García, doctor en derecho y especialista en litigio penal.

Erik Rauda, doctor en derecho penal, explicó:

Durante 2019 los estados de Nuevo León y Coahuila, en el norte de México, también aprobaron reformas a sus códigos penales en relación a la legítima defensa.

Los especialistas consultados coincidieron en que poco o nada han aportado estas recientes reformas en materia de legítima defensa. “Es más un tema mediático, de ganancia política, a los ciudadanos les gusta mucho este tema (...) ya estaba, no es algo innovador”, dijo Rauda. “Absolutamente nada aportaron (...) ya existía”, afirmó García.
 

Otra iniciativa

Algunas publicaciones comparten la dirección de la página de inicio del Senado mexicano y otras la de una iniciativa de la senadora Sylvana Beltrones, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), presentada el 2 de octubre de 2018 en relación con la legítima defensa.

Esta iniciativa propone añadir el siguiente párrafo al Código Penal Federal: “No se considerará exceso en la defensa legítima cuando concurran circunstancias en las que la persona que se defiende se encuentre en estado de confusión, miedo o terror que afecte su capacidad para determinar el límite adecuado de su respuesta o la racionalidad de los medios empleados”.

Sin embargo, hasta julio de 2020 esta propuesta no ha sido aprobada y su estado es “pendiente”, según su ficha técnica en el sitio web del Senado.

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Arma de un hombre que participa en una marcha por el tercer aniversario de la Unión de Pueblos y Organizaciones del Estado de Guerrero, el 5 de enero de 2016

Legítima defensa en México

El concepto de legítima defensa existe en las leyes mexicanas desde hace décadas. Se encontraba, por ejemplo, en el Código Penal Federal de 1931 en el artículo 15 del capítulo IV, como una circunstancia excluyente de responsabilidad penal. En el actual Código Penal está citado en el mismo artículo y capítulo.

El doctor en Derecho Penal Rauda explicó a la AFP que la legítima defensa en México está presente “desde la aparición del derecho penal moderno” en el siglo XIX.

De hecho, esta tesis de maestría sobre el tema publicada en 1998 por la Universidad Autónoma de Nuevo León y la web del Semanario Judicial de la Federación mencionan que ya figuraba en el Código Penal Mexicano de 1871.

El equipo de verificación de la AFP revisó los códigos penales vigentes de los 32 estados de México y el concepto de legítima defensa se encuentra presente en todos ellos. 

En conclusión, la legítima defensa se encuentra considerada en el Código Penal Federal desde hace décadas. Recientemente hubo tres reformas a nivel de varios estados mexicanos.

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