El plebiscito del 25 de octubre de 2020 en Chile no contempla revocar al presidente Piñera

  • Este artículo data de hace más de un año.
  • Publicado el 23 de septiembre de 2020 a las 21:03
  • 4 minutos de lectura
  • Por Valentina DE MARVAL, AFP Chile
Al menos desde el 14 de septiembre pasado circula en Facebook una imagen asegurando que si en Chile gana la opción “Apruebo” por un 80% en el plebiscito del próximo 25 de octubre se puede pedir la renuncia del presidente, Sebastián Piñera. Sin embargo, el mensaje, compartido más de 8.500 veces, es falso, ya que en la próxima votación se decidirá si se cambia o no la Constitución Política, pero no se contempla un referéndum revocatorio en ninguno de los artículos de las leyes que permiten este plebiscito.

“Sabían Uds. Que si la opción Apruebo obtiene un 80% Podríamos pedir la renuncia de piraña [pseudónimo despectivo del presidente chileno, Sebastián Piñera, NDLR] Por medio de un Referéndum Revocatorio Por la poca representatividad?”, dice la imagen difundida en Facebook (1, 2).

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Captura de pantalla realizada el 22 de septiembre de 2020 de una publicación en Facebook

Una Constitución de dictadura

La actual Constitución Política de Chile fue promulgada en 1980 durante la dictadura cívico militar (1973 - 1989). Desde entonces se han hecho cambios parciales, pero sin redactarla de nuevo por completo.

Bajo este texto fundamental, en Chile se hicieron importantes cambios aún vigentes, como la privatización del sistema educativo, de la cobertura de salud, de los derechos de agua, en la cotización de las jubilaciones, o el establecimiento de un quórum calificado de dos tercios para poder hacerle reformas, entre otros. 

En octubre de 2019, en Chile la ciudadanía comenzó a protestar en las calles a raíz de una serie de demandas contra el alza en el precio del transporte, el sistema de jubilación, la cobertura de la salud pública, educación, y más.

Otra de las consignas que se podía ver durante las manifestaciones fueron las palabras Nueva Constitución” (1, 2, 3) haciendo referencia a terminar con la actual carta fundamental, heredada de la dictadura de Augusto Pinochet.

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El plebiscito de octubre

Fue en este contexto de protestas que el 15 de noviembre de 2019, parlamentarios opositores y oficialistas firmaron un documento llamado Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución.

Allí, los firmantes establecieron impulsar un plebiscito en abril de 2020 (posteriormente aplazado al 25 de octubre por la pandemia del covid-19) en el que las personas habilitadas podrán votar si quieren una nueva Carta Magna o no. 

Asimismo se tendrá que votar qué tipo de organismo debe redactarla en caso de ganar la opción “Apruebo”: Convención Mixta o Convención Constitucional.

En el documento firmado en noviembre pasado también se acordó que en caso de ganar la opción “Apruebo”, la nueva Constitución ya redactada se sometería a otro plebiscito ratificatorio. 

El 23 de diciembre de 2019, el presidente Piñera promulgó la Ley 21.200, que autoriza la realización del referéndum y detalla qué dirán las papeletas de votación y cómo se llevará a cabo el proceso. Este texto legal también establece las reglas para las campañas emitidas por televisión abierta, quiénes pueden ser candidatos a la Convención Mixta o Constituyente, entre otras normativas.

Sin embargo, ni el acuerdo firmado por parlamentarios ni la Ley 21.200 mencionan la posibilidad de un referéndum revocatorio contra el mandatario.

Tampoco informa algo al respecto el sitio del Servicio Electoral destinado a entregar información sobre el plebiscito. 

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Una mujer pasa por un mural que dice “Nueva Constitución” en Santiago, el 3 de noviembre de 2019

El 25 de marzo de 2020 se promulgó la Ley 21.221 que modifica la fecha del plebiscito debido a la pandemia del covid-19. Con esta nueva normativa, la votación quedó fijada para el 25 de octubre de 2020. En este documento tampoco se hace alusión a un posible referéndum revocatorio. 

AFP Factual consultó sobre el mensaje difundido a Domingo Lovera, abogado experto en derecho constitucional. Al respecto, negó que el próximo plebiscito que se celebrará en Chile contemple un referéndum revocatorio del presidente. 

“En lo absoluto. El apruebo podría obtener el 100% y no podría gatillar un referéndum revocatorio alguno sobre Piñera”, dijo el académico de la Universidad Diego Portales.

Lovera agregó que tampoco existe actualmente un mecanismo que permita revocar al presidente de la República en ejercicio desde de la ciudadanía: “Hay otras hipótesis por medio de las que puede removerse al Presidente en ejercicio, como la acusación constitucional. Pero un referéndum, que pueda iniciarse a instancias de la ciudadanía, no”.

Sebastián Zárate, también abogado especializado en materia constitucional y académico de la Universidad de los Andes, coincidió con Lovera: “Nunca se planteó ni está dentro del Acuerdo por la Paz ni de la convocatoria del plebiscito”.

“Sería absurdo desde el punto de vista constitucional, porque implicaría que el resultado de un plebiscito modificaría la Constitución vigente y sería aplicado al mismo jefe de Estado y de Gobierno”, agregó.

En conclusión es falso que si en el plebiscito del 25 de octubre en Chile gana la opción “Apruebo” con un 80% de los votos se pueda votar un referéndum revocatorio contra el presidente, Sebastián Piñera.

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