Claudia Sheinbaum no eliminó a legisladores plurinominales en México ni puede hacerlo por decreto

  • Publicado el 23 de enero de 2025 a las 23:11
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  • Por AFP México
La presidenta mexicana, Claudia Sheinbaum, no eliminó las legislaturas plurinominales ni tiene la facultad de reformar leyes con solo firmar un decreto, contrario a lo que afirman publicaciones en redes sociales compartidas más de 1.000 veces desde el 5 de enero de 2025. Aunque la mandataria sí ha expresado que analiza proponer cambios en la forma en que se elige a los legisladores plurinominales, el artículo 72 constitucional señala que toda iniciativa de ley o decreto enviado por la Presidencia debe ser discutida y votada por el Congreso para su aprobación.

“ULTIMA HORA Noroña cierra el Senado para la votación de los Plurinominales y la Presidenta Claudia Sheinbaum responde con la firma del decreto que elimina los Plurinominales. ¡Adiós, por fin se van los Pluris!”, afirman publicaciones en Facebook, X y TikTok.

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Captura de pantalla hecha el 17 de enero de 2025 de una entrada en Facebook

En México, 200 de los 500 diputados y 32 de los 128 senadores no son elegidos por sufragio directo de los ciudadanos, sino por el principio de representación proporcional, que se asigna a los partidos según el porcentaje de votos que obtienen. Estos legisladores son llamados plurinominales o “pluris”, y son definidos a partir de listas elaboradas por los partidos políticos.

Sheinbaum sí planteó una reforma a los plurinominales

Desde su campaña por la Presidencia de México, Claudia Sheinbaum se ha pronunciado a favor de una reforma electoral que cambie la forma en la que se elige a los legisladores plurinominales.

En su conferencia matutina del 9 de enero de 2025, la presidenta dijo que analiza enviar al Congreso una iniciativa de reforma electoral para que los legisladores plurinominales no sean elegidos mediante una lista definida por los partidos políticos, sino que “todos los que pretenden acceder a un puesto legislativo tengan la obligación de ir a campaña, que tengan la relación con la gente”.

Gerardo Fernández Noroña, presidente del Senado, ha criticado el proyecto en varias ocasiones (1, 2) y, en diciembre de 2024, dijo que “quienes hablan de eliminar a los pluris están diciendo barbaridades porque no conocen la historia electoral del país (...) solamente hablan desde el prejuicio y desde la despolitización”.

Sin embargo, no se halló registro en medios de comunicación ni en el sitio web o las cuentas en redes sociales del Senado de que el legislador cerrara esa cámara “para la votación de los Plurinominales”, como afirman las entradas en redes sociales.

AFP Factual contactó a Fernández Noroña, pero hasta el momento de la publicación de esta verificación no ha obtenido respuesta.

Aprobación de decretos en México

De acuerdo con el artículo 71 de la Constitución mexicana, la Presidencia es uno de los entes que puede presentar iniciativas de ley y de decretos ante el Congreso, integrado por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores.

Sin embargo, según el artículo 72 constitucional, “todo proyecto de ley o decreto” para “crear, reformar, adicionar, derogar o abrogar disposiciones constitucionales o legales” debe ser discutido, votado y aprobado por el Congreso de la Unión.

El artículo señala que el proceso legislativo comienza cuando la Presidencia envía la iniciativa a consideración de la Cámara de Diputados o al Senado. Posteriormente, esta se envía a las Comisiones correspondientes de esa Cámara para su estudio, análisis y aprobación. Una vez concluido este proceso, el dictamen del proyecto de ley se presenta ante el Pleno de la misma Cámara, donde, si obtiene la aprobación por mayoría de votos, será remitido a la Cámara revisora para su evaluación.

En este sentido, la presidenta de México no tiene facultad para aprobar un decreto de ley solo con una firma y sin la previa aprobación del Poder Legislativo.

Contactada por la AFP el 21 de enero de 2025, la oficina de comunicación del Congreso negó que las cámaras hayan recibido hasta el momento de esta publicación un proyecto de decreto de la Presidencia respecto a las legislaturas plurinominales.

Luis Pérez de Acha, abogado experto en derecho constitucional y doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), dijo a la AFP el 23 de enero de 2025 que “para desaparecer las representaciones plurinominales, se necesitaría una reforma a la Constitución, —además de a las leyes electorales”.

Para ello, explicó, “se requiere la aprobación por mayoría calificada (dos terceras partes en cada Cámara) del Congreso de la Unión y también de los congresos estatales. La presidenta no puede reformar nada de la Constitución, se requiere ese proceso legislativo, que regula la propia Carta Magna”, en los artículos 71 y 72.

Por su parte, Francisco Burgoa, abogado y profesor de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la UNAM, señaló a AFP Factual que “la titular del Ejecutivo no puede sustituir ese proceso mediante decretos, ya que eso violaría la Constitución, especialmente el principio de división de poderes, y atentaría contra la seguridad jurídica”.

Lo que sí puede hacer la presidenta, explicó Burgoa, es emitir decretos o acuerdos administrativos (presidenciales) “para organizar y ejecutar los temas o asuntos de la administración pública federal de la que ella es titular”, como reglamentos administrativos, circulares, nombramientos y políticas públicas. Sin embargo, dichas disposiciones “no pueden contradecir ni modificar las leyes aprobadas por el Congreso, ni a la propia Constitución Federal”.

Sin registro del decreto

AFP Factual no halló registro del supuesto decreto en el sitio web de la Presidencia de México, ni en medios de comunicación.

Tampoco se encontró en la lista de reformas constitucionales por decreto, publicada en el sitio web de la Cámara de Diputados; ni en el Diario Oficial de la Federación, donde se publican las leyes y reformas aprobadas en el país.

Referencias

  • Artículos 71 y 72 de la Constitución mexicana
  • Lista de reformas constitucionales, publicada por la Cámara de Diputados
  • Perfil de Luis Pérez de Acha
  • Perfil de Francisco Burgoa

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