Presos no sentenciados pueden votar en Ecuador, no existe un decreto presidencial que lo impida

  • Publicado el 4 de diciembre de 2024 a las 17:45
  • Modificado el 4 de diciembre de 2024 a las 21:00
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  • Por AFP Colombia
Las personas privadas de la libertad en Ecuador están obligadas por la Constitución a votar, como el resto de los ciudadanos, si no tienen una sentencia en firme. Pero mensajes compartidos cientos de veces en redes sociales en noviembre de 2024 afirman falsamente que el presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, habría firmado un decreto que impide el derecho a sufragio de los presos, de cara a las elecciones de 2025. En realidad, no hay registro de dicha medida, y los decretos no tienen capacidad de derogar un mandato constitucional.

“Por decreto presidencial Los PPL [personas privadas de la libertad] ya no pueden Ejercer su votó” y “Noboa 2025”, dice una imagen compartida en X, TikTok (12) y Facebook.

En la pieza se ve a Noboa firmando un documento, y a su lado a la ministra del Interior, Mónica Palencia, y al exministro de Gobierno, Arturo Félix Wong.

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Captura de pantalla tomada el 28 de noviembre de 2024 de una publicación en X

Ecuador celebrará elecciones presidenciales el 9 de febrero de 2025. Noboa buscará la reelección tras llegar al poder en noviembre de 2023, cuando fue elegido para terminar el periodo inconcluso de Guillermo Lasso.

Una búsqueda en Google con las palabras “decreto”, “ppl” y “Ecuador” no arrojó registros de un decreto presidencial que impida la votación de los presos. Tampoco aparece el supuesto oficio en la plataforma de decretos de Presidencia, ni en su página web.

Consultada por AFP Factual, la oficina de prensa del gobierno negó que se haya expedido esa medida: “Es falso. La Constitución permite que las personas privadas de la libertad sin sentencia ejecutoriada ejerzan el derecho al voto”.

En Ecuador, el voto es obligatorio para las personas mayores de 18 años, incluso para “las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada”, de acuerdo al artículo 62 de la Constitución y al artículo 11 del Código de la Democracia.

“Todas las personas que están privadas de la libertad con medidas cautelares, como prisión preventiva o con fines investigativos, es decir, que no tienen una sentencia ejecutoriada en su contra, están habilitadas para ejercer sus derechos de participación”, explicó a la AFP el abogado constitucionalista Diego Zambrano.

Por otra parte, el experto aclaró que un decreto presidencial no puede modificar una ley. 

“En este caso, sería restringir el alcance de la Constitución. Por jerarquía, los decretos están por debajo de las leyes y no las pueden contrariar. Vía decreto ejecutivo no se puede, de ninguna manera, evitar o disponer que no sufraguen las personas privadas de la libertad”, argumentó Zambrano.

Una búsqueda inversa en Google con la imagen viral permitió hallar que la foto del presidente Noboa corresponde en realidad a la firma del decreto ejecutivo número 28 en 2023, que eliminó la tabla de consumo de drogas.

Referencias:

Agrega enlaces de TikTok en el segundo párrafo.
4 de diciembre de 2024 Agrega enlaces de TikTok en el segundo párrafo.

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