La oposición argentina no presentó un proyecto de ley para tratar a pedófilos como “enfermos”

Desde inicios de octubre de 2024, más de 3.000 usuarios aseguran en redes sociales que “un diputado” de la oposición argentina envió un proyecto de ley para que los pedófilos sean considerados “personas enfermas” y no criminales ante la justicia. Para dar credibilidad a la supuesta noticia, se la replicó como una placa del medio Infobae. Sin embargo, ni tal proyecto existe ni Infobae publicó ese contenido.

“El kirchnerismo presentó un proyecto para tratar a los pedófilos como personas enfermas y no como delincuentes”, reza el titular adjudicado al medio argentino Infobae que circula en X, InstagramFacebook

“Menos años de cárcel y mayor libertad condicional son los puntos del proyecto presentado por un diputado de Unión por la Patria”, detalla la supuesta noticia.

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Captura de pantalla de una publicación en X hecha el 8 de octubre de 2024

La desinformación circula en momentos en que el Congreso argentino se ha reunido para discutir distintos vetos del presidente Javier Milei. Sin embargo, ninguno ha estado relacionado con el código penal (1, 2).

Una búsqueda en Google con el presunto titular de Infobae no arrojó ningún artículo relacionado en ese u otros medios de comunicación. La AFP tampoco encontró la nota en las redes sociales del diario (1, 2, 3).

El equipo de redes de Infobae confirmó a la AFP que el contenido es falso.

El proyecto no existe

AFP Factual realizó distintas búsquedas avanzadas, restringidas a 2024, dentro del repositorio de proyectos alojado en el sitio oficial de la Cámara de Diputados con las palabras clave “Código penal”, “pedofilia” y “grooming”.

Entre los resultados se hallaron varias iniciativas relacionadas con la penalización del abuso infantil, pero ninguna propuesta como la mencionada en el titular viral.

La AFP consultó a la oficina de prensa de la Cámara de Diputados, que resaltó que todos los proyectos presentados por los legisladores se encuentran registrados en ese repositorio.

El artículo 119 del Código Penal argentino establece penas de seis meses a cuatro años de prisión para casos de abuso sexual simple, en particular cuando la víctima es menor de 13 años. Si el abuso es considerado gravemente ultrajante, la pena se eleva a entre cuatro y 10 años de prisión, y se agrava en casos de acceso carnal.

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