No es competencia de la Corte Suprema de Justicia de Colombia investigar al fiscal general
- Publicado el 15 de febrero de 2024 a las 20:38
- 5 minutos de lectura
- Por AFP Colombia
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“*Refrescante noticia: La Corte Suprema abrió investigación contra el Fiscal Barbosa y otros, por delitos tales como homicidio agravado, desaparición forzada agravada, concierto para delinquir, por denuncia interpuesta por el periodista Gonzalo Guillén*... *Ahí vamos...! Todo saldrá a la LUZ...!*”, dice un mensaje compartido en X en septiembre de 2023, que ha vuelto a circular como captura de pantalla en Facebook (1, 2) en febrero de 2024.
Francisco Barbosa terminó el 12 de febrero de 2024 su período de cuatro años como jefe de la Fiscalía en Colombia. Desde 2022 ha sido protagonista de controversias por cruzar críticas con el presidente, Gustavo Petro (1, 2, 3).
El mandatario acusó al ahora exfiscal de buscar un “golpe de Estado”.
El mensaje sobre la supuesta investigación en contra de Barbosa, por parte de la Corte Suprema, se difunde en el contexto de su salida y de una polémica que ha despertado el tribunal por aplazar la elección de su reemplazo.
Notificación de traslado del caso
Las entradas difundidas en Facebook en febrero de 2024 muestran la captura de pantalla de una publicación en X del periodista Gonzalo Guillén, hecha el 30 de septiembre de 2023, en la que menciona que la Corte Suprema “abrió” una investigación en contra de Barbosa.
El mensaje de Guillén muestra un documento del alto tribunal, titulado “Oficio 00895”, emitido por la Sala Penal de Primera Instancia el 15 de mayo de 2023, y dirigido a Barbosa.
“(...) por medio del presente me permito correr traslado para lo de su competencia, de la denuncia interpuesta por el periodista y veedor público, GONZALO GUILLEN JIMENEZ, en contra del doctor Francisco Roberto Barbosa Delegado, Fiscal General de la Nación”, dice un fragmento del documento.
En el texto se lee que la “denuncia penal” fue interpuesta por Guillén ante la Corte el 29 de abril de 2023 por el supuesto “encubrimiento, complicidad y la coparticipación en más de 200 homicidios perpetrados por la banda criminal el Clan del Golfo”.
El 26 de abril de 2023, Guillén denunció a través del medio de comunicación Nueva Prensa que la Fiscalía, a cargo de Barbosa, supuestamente se negó a investigar las amenazas y el posterior asesinato de 200 personas presuntamente a manos del Clan del Golfo, el mayor cartel en Colombia. La Fiscalía negó esa versión.
Una búsqueda en la plataforma de consulta abierta de procesos en la página web de la Corte Suprema de Justicia no arrojó resultado de ninguna acción legal en curso contra el exfiscal Barbosa.
Consultada por la AFP el 13 de febrero de 2024, la oficina de prensa de la Corte Suprema de Justicia confirmó que “ni Sala Especial de Primera Instancia ni ninguna otra instancia de la Corte Suprema de Justicia tienen competencia para investigar al exfiscal Francisco Barbosa Delgado. Esa competencia la tiene la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes”.
Sobre el documento viralizado, ese organismo confirmó que es auténtico, pero “no alude a la apertura de una investigación penal en contra del Fiscal” sino a su intención de “correr traslado” para poner en conocimiento la denuncia formulada por Guillén.
La Corte compartió a la AFP la versión completa del oficio:
¿Qué significa “correr traslado”?
En el primer párrafo del oficio, se ve resaltada la frase: “correr traslado para lo de su competencia”, en respuesta a la denuncia interpuesta por Guillén ante la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia.
La Real Academia Española explica el término “correr traslado” como una fórmula en el lenguaje jurídico que significa “poner en conocimiento” a “la otra parte” de un proceso judicial.
El procedimiento de traslado de la demanda en Colombia está estipulado en el artículo 91 del Código General del Proceso.
“‘Correr traslado’ es poner un caso en consideración de otra parte. En este caso, el periodista presenta la denuncia a la Corte Suprema de Justicia, la Corte lo que hace es estudiar el caso, y una sala de decisión dice ‘vamos a correr traslado para su competencia’”, explicó a la AFP Germán Lozano, abogado colombiano especialista en Derecho Constitucional.
¿Quién investiga al fiscal general?
En Colombia, la Corte Suprema solo podría adelantar una etapa de juicio o dictar sentencia a un aforado como el fiscal general solo después de haber sido investigado por la Cámara de Representantes y sometido a un juicio político por el Senado.
“Las denuncias contra el presidente, el fiscal general y los magistrados de las Altas Cortes se deben dirigir ante la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes, que es la instancia que en primer lugar atiende esas denuncias”, explicó el jurista Lozano.
Si la demanda es aceptada en primera instancia por la Cámara, el fiscal quedaría suspendido de su cargo y el caso pasaría a un juicio político en el Senado, que podría poner al fiscal a disposición de la Corte Suprema, si considera que se ha cometido un delito.
Así lo señala el concepto 508991 de 2020 del Departamento Administrativo de la Función Pública: “Corresponde entonces al Senado de la República juzgar al Fiscal General de la Nación por faltas cometidas en el ejercicio de su cargo, y a la Corte Suprema de Justicia cuando se halle incurso en la comisión de delitos”.
En el concepto es citada la sentencia constitucional C-558 de 1994, la cual indica que el fiscal general de la Nación “goza de fuero constitucional para efectos del adelantamiento de investigaciones disciplinarias”.
“La acusación formal en el Senado puede dar tránsito a que se tramite ante la Corte Suprema de Justicia el proceso para el juzgamiento penal. Es un proceso bastante complejo porque el fiscal [general] tiene ese fuero especial, a diferencia de los otros fiscales que tienen otro trámite diferente”, concluyó Lozano.
Por lo tanto, el texto de oficio que se hizo viral pretende informar al fiscal de la denuncia recibida, no abrir una investigación.
“En consecuencia, [a la Corte Suprema de Justicia] no le corresponde iniciar una instrucción por los hechos denunciados por el periodista Guillén Jiménez, ni atender peticiones de pruebas u otras relacionadas con el trámite de los procesos penales que lleguen a iniciarse a raíz de esta denuncia, lo cual corresponde a otras autoridades dentro del marco de sus competencias”, agregó la secretaría de la Corte a la AFP.
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