Destitución de presidente colombiano por violar articulo 109 constitucional implica juicio político

  • Publicado el 26 de enero de 2024 a las 21:30
  • Modificado el 29 de enero de 2024 a las 17:47
  • 4 minutos de lectura
  • Por AFP Colombia
El artículo 109 de la Constitución colombiana dispone la pérdida de investidura de un funcionario elegido por el voto popular en caso de que haya violado los topes de financiación de campaña. Un video compartido más de 10.000 veces en redes sociales desde el 24 de diciembre de 2023 afirma que el presidente Gustavo Petro está obligado a abandonar el cargo de manera inmediata por la supuesta violación de esa norma. En realidad, la investigación en su contra aún está en curso y expertos explicaron que la ley no contempla una pérdida del cargo sin antes realizarse un juicio político.

“No hace falta un proceso judicial para retirar de la Presidencia, a quien por los hechos comprobados, ya perdió el cargo. El artículo 109 de la Constitución Nacional ordena (...) [que] la violación de los topes máximos de financiación de las campañas debidamente comprobada (...) será sancionada con la pérdida de investidura o del cargo (...) Una orden constitucional no se puede someter a consideración de ninguna institución bajo su subordinación para retirar del cargo al señor Petro. Sencillamente ya no es el presidente de Colombia, cada segundo que permanezca en el cargo lo hace por fuera del Estado de Derecho”, asegura un video publicado en TikTok y Facebook (1, 2).

La secuencia viral lleva un texto que dice: “URGENTE! Legalmente Petro YA NO ES presidente”.

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Captura de pantalla de una publicación en TikTok, hecha el 25 de enero de 2024

La Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes de Colombia anunció en diciembre de 2023 una investigación en contra del presidente por presunta financiación ilegal en su campaña electoral en 2022. Al momento de la publicación de esta nota, el proceso aún se encontraba en fase preliminar.

Previamente, en junio de 2023, el Consejo Nacional Electoral (CNE) había comenzado a indagar sobre posibles excesos de esos topes económicos, definidos por la normativa electoral. La Comisión avanza en su investigación con base en los informes de la autoridad electoral.

En respuesta, la defensa del mandatario alegó falta de pruebas.

Por estos hechos, actualmente el presidente Petro es investigado por el Congreso. Eventualmente, el Legislativo podría llevarlo a un juicio político y destituirlo.

Por otro lado, el hijo mayor del presidente, Nicolás Petro, fue llamado a juicio en enero de 2024 por un fiscal que lo acusa de lavado de activos por la posible entrada de dineros del narcotráfico a la campaña de su padre. 

¿Qué dice el artículo 109?

Consultado por la AFP, Giovanni Sánchez Espinosa, abogado especialista en Derecho Público y docente de la Universidad Libre de Colombia, expresó que las afirmaciones que hace el hombre del video viral “carecen de asidero, sustento, base o respaldo constitucional y legal”.

El artículo 109 de la Constitución dice: “(...) Para las elecciones que se celebren a partir de la vigencia del presente acto legislativo, la violación de los topes máximos de financiación de las campañas, debidamente comprobada, será sancionada con la pérdida de investidura o del cargo (...)”.

“El artículo es muy claro en señalar que esa violación de los topes debe ser debidamente comprobada y, por supuesto, exige que se adelante un debido proceso. Tratándose del presidente, sería un juicio o proceso de naturaleza política”, explicó a la AFP Esteban Hoyos Ceballos, abogado constitucionalista y decano de la Escuela de Derecho de la Universidad EAFIT de Colombia.

Además, la legislación no contempla una pérdida automática del cargo.

Los expertos añadieron que la única manera de destituir al presidente, que tiene un fuero especial, es mediante un juicio político por causas constitucionales en las dos cámaras del Congreso. Esto está previsto en el artículo 178 de la Constitución.

Las entidades para tal causal son la Cámara de Representantes, que investiga y acusa por medio de la Comisión de Investigación y Acusación, y luego, el Senado, que lleva a cabo el juicio político. Para su aprobación, se necesitaría el voto de una mayoría calificada con dos tercios de los asistentes, como lo estipula la Ley 5 de 1992.

“La Constitución no contempla un retiro automático o inmediato del presidente de la República por ninguna causal. Las formas de retiro del presidente están regladas y todas están sometidas a procedimiento”, agregó Sánchez.

Entre las posibles causas constitucionales de un juicio político se encuentran delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones e indignidad por mala conducta, según el artículo 175. Uno de esos delitos es la violación debidamente comprobada de los topes en la campaña electoral, comprendido nuevamente en el artículo 109.

“Lo mismo sería el caso, por ejemplo, de un congresista, que podría perder su investidura eventualmente por violación de este artículo de la Constitución y de las leyes que reglamentan la materia”, concluyó Hoyos.

Referencias:

Actualiza palabra "Presidencia" en portada y segundo párrafo.
29 de enero de 2024 Actualiza palabra "Presidencia" en portada y segundo párrafo.

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