Chileno Hugo Bustamante no fue indultado, tenía libertad condicional cuando cometió homicidio

  • Este artículo data de hace más de un año.
  • Publicado el 24 de enero de 2023 a las 17:09
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  • Por Barbara MEDINA, AFP Chile
El chileno Hugo Bustamante se encontraba en libertad condicional cuando violó y asesinó a una adolescente en 2020. No había sido indultado por el entonces presidente de Chile, Sebastián Piñera, como dicen publicaciones compartidas más de 300 veces en redes sociales desde el 5 de enero de 2023, sino que estaba en libertad condicional tras haber cumplido parte de una condena por doble homicidio. Esa figura, que había recibido en 2016, es un beneficio concedido por jueces y que no modifica la pena del condenado, a diferencia del indulto, explicó un experto a la AFP.

“Y cuando Piñera indultó a un monton de delincuentes entre ellos el que asesinó a Ambar? Por qué nadie reclamó?”, dicen publicaciones en Facebook y en Twitter en referencia a Ámbar Cornejo, una adolescente de 16 años que fue asesinada y violada en agosto de 2020 por la pareja de su madre, Hugo Bustamante.

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Captura de pantalla de un tuit hecha el 17 de enero de 2023

Las publicaciones surgieron luego de la decisión del presidente de Chile, Gabriel Boric, del 30 de diciembre de 2022, de otorgar 13 indultos presidenciales. Doce de ellos favorecieron a condenados por delitos cometidos durante el estallido social que se desató en el país el 18 de octubre de 2019.

La concesión de indultos a condenados por el estallido social consolidó una de las promesas de campaña de Boric, pero significó la renuncia de la ministra de Justicia Marcela Ríos, luego de conocerse el prontuario de uno de los favorecidos, quien tenía condenas previas por robos con violencia y por un hurto.

Libertad condicional

Ámbar Cornejo, una adolescente de 16 años, fue asesinada y violada en agosto de 2020 por la pareja de su madre, Hugo Bustamante. Un año después, el 26 de noviembre de 2021, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar declaró a Bustamante y a la madre de Ámbar, Denisse Llanos, culpables de violación con femicidio y homicidio con violación, respectivamente. Bustamante fue condenado a 10 años de prisión por el delito de estupro, siete por abuso sexual y 10 por corrupción de menores.

Pero cuando Bustamante cometió el crimen de Ámbar no estaba indultado por Piñera, sino que se encontraba en libertad condicional desde 2016, después de haber cumplido 11 de los 27 años de la condena que se le había impuesto en 2005 por el asesinato de su esposa y el hijo de esta, de nueve años.

Ese beneficio se lo concedió la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, presidida por la jueza Silvana Donoso. En rechazo a esa decisión, un grupo de diputados realizó una acusación constitucional a Donoso por “notable abandono de deberes”. Sin embargo, la acusación fue rechazada en el Senado al no obtener los votos suficientes.

A diferencia del indulto al que se refieren las publicaciones analizadas, la libertad condicional es un “beneficio que se otorga a quienes están cumpliendo condenas” que no modifica la pena, sino “el modo de cumplirla en libertad”, explicó a AFP Factual Enrique Navarro, abogado y profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Chile. Este favor es concedido por comisiones compuestas por jueces, señaló Navarro.

En cambio, el indulto particular “es una gracia que otorga el presidente de la República a una persona condenada por sentencia ejecutoriada. Es un modo de extinguir la responsabilidad penal”, indicó Navarro. En los indultos “el favorecido se le dispensa de la aplicación de la pena, aunque mantiene su condición de autor de un delito”, explicó el abogado a la AFP.

Lo mismo señala la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, que define el indulto como “un mecanismo jurídico mediante el cual se perdona la pena pendiente a un condenado, por lo que no tiene efectos legales sobre un acusado o formalizado”. Además del indulto particular al que se refirió Navarro, existe el indulto general, que “es materia de ley, debe tener origen en el Senado y requiere de quórum calificado, o de dos tercios en caso de delitos terroristas”.

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