El constituyente chileno Rojas gana 2,6 millones de pesos al mes; su renuncia no se ha concretado

  • Este artículo data de hace más de un año.
  • Publicado el 29 de octubre de 2021 a las 23:08
  • Modificado el 30 de octubre de 2021 a las 01:05
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  • Por Valentina DE MARVAL, AFP Chile
“El Pelao Vade este mes nuevamente recibirá su sueldo de 4,7 millones tomando una piscola en la piscina”, se lee en publicaciones compartidas más de 4.500 veces en Facebook al menos el 27 de octubre de 2021. Rodrigo Rojas Vade, miembro de la Convención Constitucional,  solicitó renunciar en septiembre de 2021 al cargo tras descubrirse que no padecía cáncer, como había afirmado durante su campaña. Según el sitio de la Convención, Rojas sigue en sus funciones y percibiendo su salario, que no es de 4.700.000 de pesos chilenos, sino un poco más de la mitad. Además, su renuncia aún no se ha concretado debido a límites del reglamento de la Convención.

“Mientras tanto Uds están pagando el iva del pan a $1.700 y la bencina a $1.000 para pagarle el sueldo a este sinvergüenza”, se añade en el mensaje difundido en Facebook (1, 2, 3). Las publicaciones hacen referencia a “pelao Vade”, apodo de Rojas. 

En las publicaciones se adjunta una fotografía del constituyente dentro de una piscina. 

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Captura de pantalla de una publicación en Facebook tomada el 29 de octubre de 2021

Rojas se hizo popular en redes sociales y medios de comunicación a fines de 2019 durante el estallido social en Chile en reclamo por mejoras en el sistema de salud, pensiones y educación, ya que salía a protestar con pancartas alusivas al cáncer, enfermedad que decía padecer (1, 2, 3). 

Luego fue candidato a la Convención Constitucional, órgano encargado de redactar una nueva Constitución y llegó a integrar uno de los 155 escaños en mayo de 2021.

Sin embargo, un reportaje del diario La Tercera publicado en septiembre de 2021 reveló que Rojas no tenía cáncer. Tras admitirlo, renunció a la Convención Constitucional, pero la institución puede aceptar las dimisiones sólo bajo determinados casos.

Según el artículo 27 del Reglamento General de la Convención, “las y los convencionales constituyentes podrán renunciar a sus cargos cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñar su cargo y así lo califique el Pleno”.

De acuerdo a lo anterior, el constituyente tiene que certificar que padece una enfermedad que le impide trabajar. Así, Rojas sigue siendo integrante de la Convención y percibiendo su salario, a pesar de que presentó una licencia médica y no está asistiendo a las sesiones. 

Además, no se hallaron resoluciones u oficios que demuestren que Rojas ya no es miembro de la Convención. 

El artículo 134 de la Constitución indica que su salario corresponde a 50 unidades tributarias mensuales, que a noviembre de 2021 equivalen a $2.673.800 (unos 3.290 dólares al cambio).

En ese contexto, la Fiscalía abrió una investigación a Rojas, por si hubiese incurrido en delitos, ya que en su declaración de patrimonio (clic en "Mostrar declaración completa") señaló que poseía una deuda bancaria por sus presuntas quimioterapias. 

El 29 de octubre de 2021, la Secretaría General de la Presidencia (órgano del gobierno que coordina el funcionamiento de la Convención) envió un oficio a la Contraloría General de la República para evaluar si es procedente seguir pagando el salario de Rojas.

Por otro lado, hay otros siete escenarios por los que un integrante puede ser cesado del cargo, según el mismo reglamento (incompatibilidad con otros cargos, ausencia del país por más de 30 días sin previa autorización, haber infringido normas electorales, entre otros). Ninguna hace referencia a quien haya mentido durante su campaña o declaración de patrimonio.

Asignaciones

Según el reglamento sobre asignaciones para los constituyentes, éstos pueden hacer uso de hasta 77 UTM al mes, que a noviembre de 2021 equivalen a $4.117.652. Sin embargo, este monto se distribuye de la siguiente manera:

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Captura de pantalla tomada el 29 de octubre de 2021 del Instructivo sobre uso de asignaciones de la Convención Constituyente

Como dice el instructivo en la sección “IV. Rendición de gastos”, en caso de realizarse y para poder cobrarse, estos gastos se deben rendir previamente mediante boletas, facturas u otro tipo de comprobante de gasto.

29 de octubre de 2021 Añade información sobre las asignaciones.

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