Reforma tributaria propuesta en Colombia en 2025 no sube el pago de la administración de viviendas

  • Publicado el 10 de septiembre de 2025 a las 22:56
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  • Por AFP Colombia
En septiembre de 2025, el gobierno de Gustavo Petro radicó su tercera reforma tributaria que busca financiar su último año de mandato. En ese contexto, usuarios en redes sociales afirman cientos de veces que este proyecto de ley busca incrementar el precio de la administración en conjuntos residenciales. Sin embargo, en ningún apartado del texto lo dice y el Ministerio de Hacienda aclaró que solo seguirán pagando el Impuesto al valor agregado (IVA) las propiedades horizontales no residenciales o mixtas.

Un 19% aumentaría la administración en las unidades residenciales con la reforma tributaria del gobierno”, dice la imagen compartida en Facebook y X.

La senadora colombiana Angélica Lozano publicó un video en el que menciona que la reforma tributaria propuesta por el presidente Petro “le pone IVA a la cuota a la administración”, y agrega: “Si usted paga 100 mil de administración va a ser de casi 120 mil pesos”.

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Captura de pantalla hecha el 4 de septiembre de 2025 de una publicación en Facebook

El 1 de septiembre de 2025 el gobierno colombiano presentó su última reforma tributaria, llamada “Ley de financiamiento”, que busca recaudar 26.3 billones de pesos (unos 6.300 millones de dólares) aumentando los impuestos a las iglesias, apuestas online, combustibles, licores, entre otros. 

Pero es falso que esta propuesta plantee aumentar un 19% a la cuota de administración por vivir en conjuntos residenciales.

Una revisión del proyecto permitió identificar que el artículo 3 propone modificar el parágrafo del artículo 421 del Estatuto Tributario, incorporándolo dentro de las exenciones del IVA. Es decir, para que quede por fuera del aumento de impuestos.

El Ministerio de Hacienda aclaró en un comunicado que “no se gravan cuotas de administración ni servicios prestados por propiedades horizontales residenciales”, y que solo seguirán pagando IVA las propiedades horizontales no residenciales o mixtas.

Orlando Rocha, contador especializado en gerencia y administración tributaria y docente de la Universidad del Externado en Colombia, explicó el 4 de septiembre de 2025 a la AFP que “lo que trae la reforma es gravar a las propiedades horizontales comerciales” y que “las residenciales son excluidas”.

Para poder convertirse en ley, el proyecto debe pasar por el Congreso y ser aprobado por dos comisiones de la Cámara de Representantes y luego por el Senado.

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