OEA no "sancionó" a México por asilar a un político en su sede diplomática en Ecuador

  • Publicado el 23 de mayo de 2025 a las 17:13
  • 7 minutos de lectura
  • Por AFP Colombia
La policía ecuatoriana irrumpió en la embajada de México en Quito en abril de 2024 para capturar al ex vicepresidente de Ecuador Jorge Glas, que estaba asilado en la sede diplomática. En mayo de 2025, una imagen compartida más de 6.000 veces en redes sociales afirma que la Organización de Estados Americanos (OEA) apoyó a Ecuador y “sancionó” a México por asilar a “delincuentes”. En realidad, por el contrario, el organismo condenó el asalto. Además, no tiene facultades para “sancionar”.

Equipazo de abogados que defendió al Ecuador. ¡Felicitaciones! La OEA no sancionó al ECUADOR pero sí sancionó a México, por permitir que las embajadas las utilicen para dar asilo a delincuentes sentenciados”, se lee en una imagen compartida en Facebook (1, 2), TikTok, Threads y X con la fecha 1 de mayo de 2024. 

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Captura de pantalla de una publicación en Facebook hecha el 22 de mayo de 2025

El 5 de abril de 2024, la policía ecuatoriana irrumpió en la embajada de México en Quito y detuvo al ex vicepresidente acusado de corrupción Jorge Glas. 

Días después del asalto, el 11 de abril, México demandó a Ecuador ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y el país respondió con una nueva denuncia ante el mismo organismo por asilar a Glas. 

El hecho generó una crisis diplomática cuyos consecuencias se mantienen en 2025. El 16 de abril, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, descartó reanudar las relaciones con Ecuador tras la elección de Daniel Noboa, cuyo triunfo consideró “muy dudoso”. 

La presidenta había manifestado su apoyo a la candidata del partido Revolución Ciudadana, Luisa González. 

Publicación manipulada

Una búsqueda inversa en Google condujo a una entrada en Instagram del medio ecuatoriano Radio Centro con la misma imagen y tipografía de la fecha, publicada el 1 de mayo de 2024. 

Según se indica en el titular y en la descripción, se trata de la delegación de Ecuador en la CIJ. La entrada no menciona a la OEA. 

Una búsqueda en Google con las palabras clave “OEA”, “embajada de México” y “Ecuador” permitió encontrar una resolución del organismo sobre la irrupción del 10 de abril de 2024. 

El documento condena el asalto y “los actos de violencia ejercidos en contra de la integridad y la dignidad del personal diplomático de la misión”. 

Además señala que los Estados deben respetar la inmunidad del personal diplomático, el principio de inviolabilidad de las misiones diplomáticas, la Convención de Viena y la Convención de Asilo Diplomático de 1954. 

Además, el texto insta a los países a buscar solución al conflicto “de manera constructiva”.

Un nuevo rastreo con las mismas palabras clave y luego con los términos “asilo político” y “Jorge Glas” en la web de la OEA no llevó a pronunciamientos en contra de México o sobre concesiones de asilo político. 

En cambio, la búsqueda llevó a varios documentos y comunicados (1, 2) sobre el seguimiento que hace del caso la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Sanciones 

En mayo de 2024, la docente de la Escuela de Relaciones Internacionales del Instituto de Altos Estudios Nacionales de Ecuador Katalina Barreiro aclaró a AFP Factual que la OEA condenó la irrupción en la embajada de México, pero no sancionó a Ecuador.

El abogado internacionalista y experto en resolución de conflictos Roberto Beltrán coincidió con Barreiro y explicó a la AFP en mayo de 2024 que la OEA llamó a Ecuador y a todos los Estados miembros a respetar las instalaciones diplomáticas.

El internacionalista Esteban Santos detalló que la OEA es “el foro natural de solución de controversias diplomáticas” y que no tiene las funciones propias de una corte. Por tanto, “lo máximo que podría hacer la OEA es separar a uno de sus Estados miembros, que no fue el caso de Ecuador”.

Según comentó el especialista, la resolución del 10 de abril menciona dos puntos a favor de la posición de Ecuador cuando hace referencia al artículo 16 de la Convención sobre Funcionarios Diplomáticos de febrero de 1928: “Uno, por ejemplo, con el hecho de que no se puede dar un asilo a personas condenadas por delincuencia común y dos, que se debe hacer un buen uso de las delegaciones diplomáticas”. 

Sin embargo, aclaró que el organismo solo es un foro para solventar controversias diplomáticas.

El abogado y socio del bufete Pérez Rivera, Salas & Peña, Héctor Pérez Rivera, dijo que la OEA no presentó una sanción a México porque la OEA no es un tribunal, solo puede hacer manifestaciones políticas.

La Secretaría de Relaciones Exteriores de México dijo a la AFP en mayo de 2024 que en la reunión celebrada en la OEA, posterior al asalto, se llegó a una resolución que reconoce la obligatoriedad de la Convención de Viena, “tanto del uso de la embajada para funciones diplomáticas (como albergar a un asilado), como de la inviolabilidad de la embajada y de su personal diplomático”.

La oficina de prensa de la OEA confirmó a la AFP el 22 de mayo de 2025 que la resolución del 10 de abril es “la última y única decisión” sobre la irrupción en la embajada y la detención de Glas.

Referencias 

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