Nueva ley en Perú presume donación de órganos voluntaria, salvo que se manifieste lo contrario

  • Publicado el 26 de febrero de 2024 a las 22:33
  • Modificado el 27 de febrero de 2024 a las 14:31
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  • Por Carla DIAZ, AFP Perú

La Ley Nº 31756 promulgada en mayo de 2023 en Perú no obliga a los ciudadanos a ser donantes de órganos en caso de fallecimiento, a diferencia de lo que aseguran publicaciones compartidas más de 200 veces en redes sociales desde enero de 2024. En realidad, la normativa establece que todos los mayores de 18 años sean considerados como donantes, a menos que manifiesten que no desean serlo y lo hagan constar en su Documento Nacional de Identidad. 

“Esto ya es el colmo, nos están obligando. Desde febrero todos serán donantes de órganos sin excepción”, se lee en una imagen que circula en Facebook (1, 2) y TikTok.

En otras publicaciones similares se agrega que esta nueva medida busca revertir el panorama en torno a la donación de órganos en Perú, “ya que, hasta el 2022, solo hubo un promedio de 46 donantes fallecidos por cada millón de habitantes”

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Captura de pantalla de una publicación en Facebook, hecha el 21 de febrero de 2024

Las entradas comenzaron a circular luego de que medios de comunicación locales difundieran el 25 de enero una entrevista con el doctor Juan Almeyda, director de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre del Ministerio de Salud de Perú (Minsa). En aquella conversación dio a conocer la fecha aproximada en que estaría lista la reglamentación de la nueva normativa que promueve la donación de órganos, la Ley N° 31756. A partir de ello, algunos medios titularon: “Nueva ley establece que todo ciudadano será donador” (1, 2, 3). 

Donación sigue siendo voluntaria en nueva ley 

Antes de aprobarse la norma en cuestión, en Perú la Ley Nº 29471 establecía que los ciudadanos debían presentar una declaración jurada ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil para expresar su deseo de ser donantes de órganos. Esta voluntad consta también en el Documento Nacional de Identidad (DNI). 

En mayo de 2023 fue promulgada la Ley N° 31756, nueva normativa que rige la donación de órganos y tejidos y que, a diferencia de la anterior, parte de la “presunción de la donación universal”. Esto significa que la "autorización para la extracción y el procesamiento de órganos o tejidos de donantes cadavéricos se presume, salvo declaración en contrario del titular"

Ello no significa que los ciudadanos no tengan opción a negarse y estén obligados a donar, como se indica en las publicaciones virales. La nueva normativa define la donación de órganos o tejidos como un "acto voluntario y altruista de cesión gratuita de órganos o tejidos para su posterior trasplante en seres humanos con fines terapéuticos"

De hecho, los artículos 4 y 5 de la norma se refieren a la posibilidad de no donar los órganos: "Toda persona puede declarar en vida su voluntad de no donar sus órganos o tejidos con fines de trasplante", se lee en el inciso 4.1. 

Y esta decisión puede manifestarse de igual forma en los documentos de identificación: "Todo ciudadano puede hacer constar libremente en su DNI la declaración de su voluntad de no ser donante de órganos o tejidos", precisa la normativa. 

Consultado por la AFP, Almeyda negó que a partir de este año sea obligatoria la donación de órganos y añadió que su entrevista de enero “produjo en los medios titulares que se malinterpretaron”

“El concepto anterior era que la gente no era donante y la persona debía registrar que sí quería ser donante. Ahora la ley parte del consentimiento presunto, que todos somos donantes en principio, a menos que uno exprese voluntad negativa de serlo. Pero no es una obligación, no es una imposición, se mantiene el derecho de la persona a querer o no ser donante”, explicó el funcionario del Minsa. 

Grupos diferenciados

Almeyda indicó también que la ley entrará en vigencia cuando se publique el reglamento, lo que está previsto para la primera quincena de marzo.  

En efecto, esto está establecido en una de las disposiciones complementarias de la nueva normativa sobre donación de órganos: la antigua Ley N° 29471 y su respectivo reglamento mantienen su validez y plena vigencia en tanto no se opongan a la nueva normativa "hasta la publicación del reglamento".

Además, en cuanto se tenga el nuevo reglamento “no todos automáticamente pasarán a ser donantes presuntos”, advirtió Almeyda. “Eso aplica para los que van por primera vez [a sacar su DNI como mayores de edad{. Se asume que serían donantes, a menos que ellos manifiesten que no”, apuntó.  

“No es que los 33 millones de peruanos van a empezar a ser todos donantes. Los menores de edad siguen siendo no donantes, es decir, tienen que autorizar sus padres o representantes legales. En un segundo grupo están las personas que han respondido sí o no ante la donación; dicha información se mantendrá hasta que el DNI tenga que renovarse o las personas decidan cambiar sus datos”, añadió. 

Esto también está indicado en la disposición complementaria transitoria de la Ley N° 31756, que da cuenta que “se mantiene la validez de la información registrada en el DNI hasta su renovación, luego de que entre en vigencia esta ley”.

Cifras

Sobre el dato que acompaña la publicación, que indica que en 2022 se registraron 46 donantes por un millón de habitantes en Perú, este es incorrecto y corresponde a una mala interpretación del total de donadores fallecidos registrados ese año.

“Esa cifra se acerca al total de la población que fue donante efectivo en 2022, no es por millón”, precisó Almeyda. 

De acuerdo con cifras oficiales proporcionadas por el Minsa, en 2023 se registró un total de 64 personas fallecidas que fueron donantes, lo equivalente a 1,9 por millón de habitantes. En 2022, un total de 42 donantes, lo que representó una tasa de 1,3 por millón de habitantes

En 2021 la cifra de donantes fallecidos descendió a 23 (0,7 por millón de habitantes) y en 2020 fueron 17 (0,5 por millón de habitantes). 

A enero de 2024, en Perú se registraban más de 6.800 personas a la espera de la donación de un órgano o tejido. 

Referencias:

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