Cosse no era intendenta de Montevideo al asistir a un acto sindical cuyo video se viralizó en 2022

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  • Publicado el 19 de enero de 2022 a las 19:13
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  • Por Manuela SILVA, AFP Uruguay
La senadora uruguaya por el oficialista Partido Nacional Graciela Bianchi publicó el pasado 12 de enero un tuit con un video que muestra a la actual intendenta de Montevideo, Carolina Cosse, durante un acto sindical junto al sindicalista uruguayo Gabriel Molina. Según Biachi, “es una grave violación a las normas básicas del estado de Derecho” que Cosse estuviera “en una manifestación de SUTEL cantando La Internacional. Venezuela”. La publicación ha sido compartida cientos de veces en redes sociales. Sin embargo, el video fue grabado el 4 de junio de 2020, cuando Cosse aún no había asumido la jefatura del gobierno de la capital uruguaya. Además, los intendentes pueden participar en actos sindicales, siempre que no sean catalogados como proselitistas, aseguraron expertos a la AFP.
 

El tuit de la senadora también circuló como captura de pantalla en Facebook (1).

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Captura de pantalla de una publicación en Twitter hecha el 18 de enero de 2022

Tras la viralización del tuit de la senadora Bianchi, una captura de pantalla del video (1, 2) circuló en redes sociales, junto a la leyenda: “Cantando La Internacional y haciendo la señal del puño izquierdo en alto se movilizaron en contra de darle al consumidor la libertad de mantener su número de celular”, donde se hace referencia al nuevo mecanismo de portabilidad numérica que despertó críticas por parte de la oposición. 

La portabilidad está incluida en la Ley de Urgente Consideración (LUC), considerada ley emblema del Gobierno del presidente Luis Lacalle Pou y que la oposición busca derogar en parte en el referéndum del 27 de marzo.

Sin embargo, una búsqueda con palabras clave “Cosse” + “Chifle Molina”, por el apodo del presidente del Sindicato Único de Telecomunicaciones (SUTEL), mostró publicaciones el 4 de junio de 2020 en Twitter y Facebook de un periodista uruguayo, en las que asegura que Carolina Cosse se encontraba en un acto de la central sindical única de Uruguay, PIT-CNT (Plenario Intersindical de Trabajadores - Convención Nacional de Trabajadores), junto al presidente de SUTEL, sindicato que apoyó la movilización (1, 2). Precisamente abajo del tuit de la senadora Bianchi se lee el detalle “De leo sarro press”, indicio de que ella tomó el video del tuit de dicho periodista.

Pero en ese entonces el intendente de Montevideo era Christian di Candia y no Carolina Cosse, como indica el tuit de la senadora Bianchi. Cosse era en ese momento senadora del Frente Amplio. Fue elegida intendenta de Montevideo en las elecciones departamentales y municipales del 27 de setiembre de 2020 y asumió el cargo el 26 de noviembre de ese mismo año.

Al buscar en el sitio web del PIT-CNT contenidos publicados en junio de 2020, se halló una entrada realizada el 3 de junio que informaba que al día siguiente se llevaría a cabo un paro general parcial a nivel nacional y una movilización “por una renta básica de emergencia”, “salud, vivienda y educación de calidad para el pueblo”, “una canasta básica de servicios del Estado”, “en defensa de los puestos de trabajo” y en contra de la LUC.

Una búsqueda en la página de Facebook del PIT-CNT llevó a un video que muestra al presidente de SUTEL en la manifestación del 4 de junio; mientras que otra búsqueda en Google mostró una fotografía de la agencia Foco Uy donde se ve a Cosse. Los atuendos que ambos llevan en el video y en la foto encontrados coinciden con los del tuit viral. 

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Luego de haber sido elegida como intendenta de Montevideo en las elecciones, Carolina Cosse y el entonces presidente del Frente Amplio Javier Miranda hacen el signo de la victoria desde el balcón de la sede del partido en la capital uruguaya, el 27 de septiembre de 2020 ( AFP / Pablo Porciúncula)

Intendentes en actos sindicales 

La senadora Bianchi aseguró también que Cosse estaría violando “las normas básicas del estado de Derecho” por participar como intendenta en una manifestación sindical. Sin embargo, de haberlo hecho, no hubiese vulnerado ninguna norma, “salvo que lo haga en la intendencia, pues ahí puede jugar la prohibición de actividades proselitistas del artículo 58” de la Constitución uruguaya, dijo a AFP Factual el abogado uruguayo Martín Risso, doctor en Derecho y Ciencias Sociales, especializado en Derecho Constitucional.

El artículo 58 indica que “los funcionarios están al servicio de la Nación y no de una fracción política”, por lo que en lugar y horario laboral “queda prohibida toda actividad ajena a la función”, considerándose “ilícita la dirigida a fines de proselitismo de cualquier especie”.

“Los intendentes no tienen problemas para participar en actividades sindicales”, añadió Risso. “Pueden hacer y participar en actividades políticas, sindicales, religiosas, culturales, etc.”, especificó, pero “otra cosa es que el juicio político lo avale”, pues “sus gobernados piensan distinto”. Sin embargo, “en este caso no hay problemas y menos si aún no era intendente”, destacó.

Por su parte, el catedrático uruguayo en Derecho Constitucional Ruben Correa Freitas coincidió: “Los intendentes no tienen ningún impedimento para intervenir en actos políticos o de otra naturaleza. No veo ninguna violación al Estado de Derecho, más allá de las consideraciones políticas que se puedan hacer con respecto a que un intendente participe en la manifestación de un sindicato”, dijo a AFP Factual. “Hay que ver las circunstancias en que se produjo el hecho”, agregó.

Para el uruguayo Diego Gamarra, doctor en Derecho y magíster Derecho Parlamentario, Elecciones y Estudios Legislativos “no es estrictamente un caso de violación de Estado de Derecho”, pero si sucedriera el caso, la intendenta “estaría vulnerando un principio constitucional de que ‘los funcionarios lo son de toda una Nación y no solo de una parte’”. No obstante “es un aspecto puntual de la Constitución, me parece forzado decir que está en juego el Estado de las bases del Derecho”, aclaró a AFP Factual.

En tanto, el abogado uruguayo Adrián Gutiérrez, profesor de Derecho Administrativo, acotó a AFP Factual que solo se vulneraría las normas “en la medida que su actuación fuera catalogable de proselitista”. En todo caso esta “calificación se realizaría desde una interpretación de la Constitución y la Corte Electoral”, mencionó.

Además, AFP Factual verificó que los numerales 4 y 5 del artículo 77 de la Constitución, que menciona a los funcionarios públicos a los que se les prohíbe participar, ejecutar o formar parte de cualquier acto, comisión o club político, no mencionan a los intendentes. 

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