A enero de 2022, ninguna ley en España obliga a aceptar animales en un piso de alquiler
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- Publicado el 13 de enero de 2022 a las 17:16
- Modificado el 14 de enero de 2022 a las 14:39
- 3 minutos de lectura
- Por Natalia SANGUINO, AFP España
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“Los alquileres ya no pueden prohibir tener mascotas”, dicen los carteles compartidos en Facebook. “Ya son considerados miembros de la unidad familiar”, continúan los memes, en referencia a los animales de compañía.
La afirmación circuló también en Twitter (1, 2).
Algunos usuarios publicaron el meme aclarando que la información no era correcta.
La portavocía del Ministerio de Derechos Sociales dijo el 14 de enero de 2022 a AFP Factual: “Esta información no se corresponde con la realidad”.
Las entradas comenzaron a circular poco después de que entrara en vigor en España, el 5 de enero de 2022, una nueva ley para la protección de los derechos de los animales que modifica el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Hipotecaria. Esta ley fue aprobada en las Cortes Generales, esto es, el Congreso de los Diputados y el Senado.
La norma, explicó a AFP Factual la fuente de prensa ministerial, “establece que los animales dejan de estar considerados objetos y pasan a tener un régimen jurídico propio como animales y como seres sintientes”.
Asimismo, el ministerio trabaja en un anteproyecto de ley que busca “regular el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad (...). “No regula a los animales como un elemento más dentro de nuestra actividad económica a los que se deban unas condiciones por su capacidad sentir, [sic] sino que regula nuestro comportamiento hacia ellos como seres vivos dentro de nuestro entorno de convivencia”, añade el texto.
El borrador pretende prevenir el abandono animal, registrar e identificar a los animales de compañía, así como a los puestos en libertad tras ser criados por el ser humano, promover la adopción, prohibir la venta de mascotas en tiendas y regular los casos en que se permite el sacrificio de un animal. También prevé posibles inhabilitaciones a individuos para la tenencia de animales o actividades relacionadas con ellos.
El abogado especialista en derecho animal Francisco Capacete negó el 10 de enero a AFP Factual que se hubiera aprobado una norma en España con la cláusula que mencionan los carteles virales. “Todavía no se ha aprobado ninguna ley estatal de bienestar animal. Hay un proyecto en tramitación, pero no está aprobado”, dijo Capacete, refiriéndose al borrador mencionado “para la protección y derechos de los animales”.
AFP Factual no halló en el texto del anteproyecto disponible mención a una obligatoriedad para los arrendadores de una vivienda de aceptar animales en la misma.
“Lo que se ha aprobado por las Cortes y es ley”, comentó Capacete, “es la modificación del Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Hipotecaria”.
Esta nueva norma establece que los animales de compañía son “seres vivos dotados de sensibilidad” y no “cosas”. Entre las novedades, se incluye el derecho a la custodia compartida sobre las mascotas, mirando por el bienestar de éstas. Además, los jueces podrán denegar o retirar custodias en caso de malos tratos a los animales o para quienes tengan antecedentes de ese tipo.
En la modificación legal mencionada, AFP Factual tampoco encontró referencia a que los arrendadores de una vivienda no puedan impedir que moren animales en la misma. Por otra parte, en la Ley de Arrendamientos Urbanos que rige en España a fecha de publicación de este artículo tampoco hay ningún punto similar.
14 de enero de 2022 Añade respuesta del Ministerio de Derechos Sociales en párrafos 5 y 7.
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