El aumento del salario mínimo en España no implica que se cobre menos por pagar impuestos

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  • Publicado el 6 de octubre de 2021 a las 17:46
  • Modificado el 6 de octubre de 2021 a las 19:33
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  • Por Adrià LABORDA, AFP España
Publicaciones que aseguran que, con la subida del salario mínimo, “paga más el empleador, cobra menos el trabajador y se lo lleva crudo quien cacarea la subida”, se han compartido más de 7.000 veces, después de que el Gobierno español anunciara el aumento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de 950 a 965 euros el pasado 16 de septiembre. Sin embargo, los mensajes hacen referencia a la subida del salario mínimo en 2020 y los datos sobre declaración de impuestos no son correctos.

“SMI Sube de 900€ a 950€. 700€ más al año. De 12.600€ pasas a 13.300€. Pero si pasas de 12.643€, hay que declarar. Por cobrar 700€ más pagarás 1.120€. Paga más el empleador, cobra menos el trabajador y se lo lleva crudo quien cacarea la subida”, dicen las entradas compartidas miles de veces en Facebook (1, 2, 3) y en Twitter.

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Captura de pantalla de una publicación en Facebook, realizada el 4 de octubre de 2021

Afirmaciones similares ya se difundieron en redes en 2020, tanto en Facebook como en Twitter (1, 2), y siguieron circulando a inicios de 2021 (1, 2).

“El aumento de 900 euros a 950 fue en 2020”, aclaró a AFP Factual el portavoz del Ministerio de Hacienda y Función Pública. En enero de ese año, el Gobierno español, la patronal y los sindicatos llegaron a un acuerdo para subir el salario mínimo de 900 a 950 euros brutos al mes en 14 pagas, lo que, en términos anuales, efectivamente representaba un salto anual de 700 euros, 12.600 a 13.300 euros. El aumento se formalizó a principios de febrero de ese año, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2020.

La subida del SMI que aprobó el Consejo de Ministros en septiembre de 2021, cuando empezaron a circular de nuevo las publicaciones virales, fue de 950 a 965 euros.

La declaración de la renta

La declaración de la renta o IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) “es un tributo que tienen la obligación de pagar todos los ciudadanos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria [AEAT], en relación con los ingresos que hayan obtenido durante un año”, explicó a AFP Factual Carme Elena Valero, economista y miembro de la comisión fiscal del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Cataluña.

Las retenciones pueden variar en función de cada caso particular. Algunos de los aspectos que se tienen en cuenta son el grado de dependencia, la situación familiar y la situación laboral.

“El paso de 900 a 950 supone un aumento de aproximadamente 700 euros anuales más de ingresos para los perceptores de esta medida”, comentó Valero. “La suma total anual ascendió a los 13.300, por lo que el tipo de IRPF sería un 0% al no llegar al mínimo [de 14.000 euros anuales] y la diferencia del costo anual para el trabajador en concepto de la Seguridad Social, que es de un 6,40%, aumentaría en unos 45 euros con la subida de 700 euros anuales”, detalló la economista.

El último aumento del SMI de 950 a 965, supone “una subida de la renta anual en unos 210 aproximadamente”, afirmó Valero, “mantiene con el tipo del 0% de IRPF y el coste por la Seguridad Social le suponen unos 14 euros anuales más”.

Además hay casos en los que los trabajadores están exentos de tener que presentar dicha declaración de IRPF, como explica la AEAT en su página web.

En este sentido, un portavoz de la AEAT tildó de “falsa” la información que reproducen las publicaciones virales, ya que “el límite para estar obligado a declarar es de 14.000 euros”.

“Los contribuyentes que ganen menos de 22.000 euros no tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta siempre que su renta provenga de un solo pagador o si tiene más de uno, cuando la suma del segundo y restantes no supere los 1.500 euros anuales”, dijo a la AFP David Varela, portavoz de prensa del Ministerio de Hacienda.

“En caso de tener más de un pagador y que el segundo y restantes pagadores superen los 1.500 euros, no es obligatorio presentar la declaración si las rentas son inferiores a 14.000 euros”, apuntaron desde Hacienda.

El importe de 12.643 euros que menciona el mensaje viral era el límite de la no obligación de declarar correspondiente a 2018. “Desde 2019, este límite se incrementó a 14.000 euros. Por tanto, el incremento del SMI NO supondrá que los perceptores estén obligados a presentar declaración por IRPF”, reiteró el portavoz de la Agencia Tributaria.

En el caso de que en la nómina laboral se computara un porcentaje de IRPF, si el trabajador no alcanza el mínimo anual para hacer de manera obligada la declaración de la renta, la puede hacer igualmente para recuperar ese monto que se le ha retenido, al término del año económico.

6 de octubre de 2021 Añade "España" en el título.

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